El concurso mercantil en México,análisis y perspectiva en,el contexto de la crisis económica

AutorOctavio Avedaño Carbellido
Páginas26-84

Page 26

1. - La ley de concursos mercantiles

El 12 de mayo de 2000 se publicó la Ley de Concursos Mercantiles (LCM). Esta Ley abrogó la anterior Ley de Quiebras y de Suspensión de Pagos de 1943, misma que en su artículo 1 establecía que "Podrá ser declarado en estado de quiebra, el comerciante que cese en el pago de sus obligaciones"

Como podrá apreciarse, el objeto de la extinta Ley era regular la quiebra del comerciante a través de un procedimiento, largo y tortuoso por cierto, pues permitía la acumulación procesal de otros juicios relacionados, de forma que tardaba varios años en resolverse sobre la quiebra del comerciante. Esa Ley no se ocupaba de la subsistencia de la empresa ya la finalidad era la quiebra de la misma, para obtener recursos por la venta de los activos y en su caso, pagar a los acreedores.

A diferencia de aquella Ley, la LCM establece diversos procedimientos tendientes a preservar a la propia empresa o al comerciante1, aún y cuando atraviese por problemas de pagos con sus acreedores y solo en caso de no llegar a un arreglo con ellos (que supone la suscripción de un convenio de pago), podrá quebrarse la empresa. Así se desprende del artículo 3 de la LCM:

"La finalidad de la conciliación es lograr la conservación de la empresa del Comerciante mediante el convenio que suscriba con sus Acreedores Reconocidos. La finalidad de la quiebra es la venta de la empresa del Comerciante, de sus unidades productivas o de los bienes que la integran para el pago a los Acreedores Reconocidos."

Si bien la empresa o el comerciante pueden atravesar por problemas financieros, en términos de la ley vigente, ello no es sinónimo de quiebra automática de la negociación mercantil, pues se pretende no afectar a la economía y a la industria nacional; y proteger el empleo.

Page 27

1. 1 Panorama del Concurso Mercantil

El concurso mercantil se ventila ante un Juez de Distrito (que es el rector de todo el procedimiento) y se compone de dos etapas sucesivas: la conciliación y la quiebra. Sin embargo, previo a la conciliación debe determinarse la existencia del propio concurso mercantil. El procedimiento es de orden Federal, como lo es la materia mercantil.

En el procedimiento para determinar que existe concurso mercantil (previo a la etapa de conciliación), el Juez de Distrito ordena a un verificador que se constituya en la empresa para que a través de una visita/auditoría, determine si de la condición financiera de la empresa se desprende insolvencia, de acuerdo a los criterios que la misma LCM establece debiendo emitirse una sentencia que determine la existencia o no del concurso.

Una vez que se determina que la existencia del concurso mercantil, se entra en la fase de conciliación, en donde el sujeto que se desempeñó como verificador, se convierte en conciliador, quien será el encargado de lograr que tanto la empresa como los acreedores lleguen a un acuerdo sobre la forma de pago de los adeudos, situación que se materializará a través de un convenio; siempre que dichos acreedores hayan sido previamente reconocidos y determinada la prelación (para el pago), que guardan respecto del crédito que tienen en su favor. Todo ello debe ser reconocido en una sentencia. Esta fase termina con la suscripción del convenio correspondiente o en su defecto con la negativa expresa de hacerlo.

En caso de que no se hubiera llegado a ningún acuerdo en la conciliación, dará inicio la etapa de quiebra, en la cual, aquél que se desempeñaba como conciliador en la fase anterior, fungirá como síndico y liquidador, encargado de realizar las acciones necesarias para maximizar el valor de la empresa y vender los activos de la misma, con el propósito de obtener el mayor provecho y con ello pagar a los acreedores que fueron reconocidos en la etapa anterior. De igual forma, se emite una sentencia que determina esta situación.

Octavio Avedaño Carbellido. El concurso mercantil en México. Análisis y perspectiva en el contexto de la crisis económica.

Page 28

1. 2 Algunas precisiones y conceptos

Dado que a lo largo de este trabajo se hará mención a diversos conceptos asociados al procedimiento de concurso mercantil, se hace necesario definir a los más importantes de ellos.

1.2. 1 Concepto de Concurso

Para Carlos Dávalos2 en el Derecho Mexicano, el concurso tiene una doble connotación, ya que por un lado expresa el estado jurídico (fondo) en que se ubica una empresa cuando es declarada en concurso por un juez, declaratoria que lo somete a una esfera normativa diferente de la que tenía antes de ser concursado, por otra parte, así se llama al juicio especial (forma) que se inicia con la declaración de dicho estado jurídico.

1.2. 2 el Instituto Federal de especialistas en concursos Mercantiles (IFECOM)

El IFECOM tiene particular relevancia dentro del concurso mercantil. Este organismo se crea a partir de la expedición de la LCM ya que, en su artículo 311 lo define, como un órgano auxiliar del Consejo de la Judicatura Federal3, con autonomía técnica y operativa. Entre otras, el IFECOM cuenta con atribuciones para designar a las personas que desempeñarán las funciones de visitador, conciliador y síndico en cada concurso mercantil y supervisar la prestación de los servicios que éstos realicen, así como promover la capacitación y actualización de dichas personas.

1.2. 3 El concepto de masa

La LCM establece que la masa es la porción del patrimonio del Comerciante o de la empresa declarado en concurso mercantil integrada por sus bienes y derechos, con excepción de los expresamente excluidos en términos de la propia LCM, sobre la cual los Acreedores Reconocidos y los demás que tengan derecho, pueden hacer efectivos sus créditos.

Page 29

1. 3 El Concurso mercantil

Como se señaló, el concurso mercantil consta de dos etapas: la conciliación y la quiebra y una fase previa a las dos que es la declaración de concurso mercantil.

Con el propósito de comprender con cierta aproximación los aspectos más relevantes del concurso mercantil, a continuación se analizarán las etapas y fases que lo conforman, de acuerdo con la LCM.

1.3. 1 Supuestos del concurso mercantil

El inicio de concurso mercantil puede iniciarse de dos maneras:

  1. Por solicitud de declaración de la propia empresa; o

  2. Por virtud de la presentación de una demanda de cualquier acreedor o del ministerio público

En cualquiera de los dos casos, la empresa debe encontrarse en el supuesto de "incumplimiento generalizado de obligaciones". Conforme al artículo 10 de la misma Ley, el incumplimiento generalizado en el pago de las obligaciones de la empresa consiste en el impago de sus obligaciones a dos o más acreedores distintos y se presenten las siguientes condiciones:

• Que las obligaciones de pago tengan por lo menos treinta días de haber vencido y representen el treinta y cinco por ciento o más de todas las obligaciones a cargo de la empresa a la fecha en que se haya presentado la demanda o solicitud de concurso, y que

• La empresa no tenga activos4, para hacer frente a por lo menos el ochenta por ciento de sus obligaciones vencidas a la fecha de presentación de la demanda o solicitud.

Se establecen con puntualidad aquellos casos en que se podrá considerar que la empresa se encuentra en un incumplimiento generalizado de obligaciones y por tanto, en posibilidad de que susPage 30acreedores le demanden el concurso o ella solicite la declaración a un juez. En suma, el incumplimiento generalizado de obligaciones de la empresa para con sus acreedores, es un requisito de procedibilidad para el concurso mercantil.

La LCM5 establece una presunción de incumplimiento generalizado de obligaciones, en los siguientes casos:

• Inexistencia o insuficiencia de bienes en qué trabar embargo;

• Incumplimiento en el pago de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR