Actos jurídicos ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del DF. Medidas para concluirlos por irregularidades de notarías

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En la GODF del pasado 7 de septiembre se publicó la " Resolución de carácter general por la que se dicta las medidas administrativas que se indican, para la formalización de diversos actos jurídicos ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio", cuya vigencia es del 8 de septiembre al 31 de diciembre de 2011.

La resolución tiene por objeto apoyar a las personas físicas y morales que hayan realizado trámites notariales tendientes a la formalización de actos jurídicos relativos a la adquisición de inmuebles, constitución del régimen de propiedad en condominio, cancelación de hipotecas, constitución de personas morales o modificación de capital, protocolización de sus asambleas, entre otros, ante los ex titulares de las notarías públicas 79, 81, 189 y 20, que no hayan sido concluidos por causas no imputables a los interesados, sino por motivo de las irregularidades en el desempeño de la función notarial.

Al respecto, se autoriza al Registro Público de la Propiedad y de Comercio, así como al Archivo General de Notarías, a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda y a la Tesorería, todos del Distrito Federal, prestar los servicios necesarios para proceder a la correcta formalización y/o inscripción de los documentos en los que constan los actos jurídicos mencionados.

Además, se precisa que el impuesto sobre adquisición de inmuebles y los derechos correspondientes serán pagados por los ex titulares de las notarías públicas 79, 81, 189 y 20, en su carácter de obligados solidarios, por haber omitido entregar a las autoridades fiscales el pago de las contribuciones respectivas que se recibió de los contribuyentes obligados, por lo que se difiere su pago hasta el momento en que se recupere el crédito fiscal.

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