La Conciliación como una Acción Afirmativa

AutorDra. Macarita Elizondo Gasperín
CargoCatedrática del posgrado en la UNAM, ex consejera electoral del IFE
Páginas50-53

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El pasado viernes 29 de abril fue sumamente gratificante dar lectura al decreto presidencial por el que se establecen las acciones que deberá implementar la Administración Pública Federal para llevar a cabo la conciliación o la celebración de convenios o acuerdos previstos legalmente como medios alter-nativos de solución de controversias suscitadas con los particulares. El documento fue firmado por todos y cada uno de los 18 Secretarios de Estado, a quienes compromete y son responsables al interior de sus dependencias de dar seguimiento a la Meta Nacional “México en Paz” y a una de sus líneas de acción del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018: “Fortalecer el establecimiento en todo el país de los medios alternativos de solución de controversias”.

No olvidemos que meses antes, concretamente en noviembre de 2015 se iniciaron los llamados Diálogos por la Justicia Cotidiana. Ahí se detectó de manera concreta, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal (apf), así como las empresas productivas del Estado suelen judicializar los conflictos antes que resolverlos y servir a la ciudadanía. A partir del decreto presidencial en comento, ahora todos todas las dependencias y entidades de la apf, están obligadas a implementar la conciliación y la celebración de convenios o acuerdos en términos de las leyes respectivas, debiendo los particulares acercar a la autoridad su propuesta que deberá revisar y dictaminar obligadamente el área jurídica de la dependencia y de ser procedente, turnarla al órgano interno de control para su firma definitiva que permita resolver el asunto.

Estamos por entrar a un nuevo despertar en las relaciones ciudadanoautoridad, a un esquema de diálogo y entendimiento que deje atrás actitudes de confrontación y desgaste recíprocos. Se sientan las bases para profundizar en la paz social median-te la promoción de estos métodos basados en el restablecimiento del diálogo y el mantenimiento de las relaciones futuras, así como transmitir confianza, facilitar la comunicación y restaurar el tejido social.

Recordemos que, desde 8 de octubre de 2013, con la reforma a la fracción xxi del artículo 73 constitucional, el Congreso de la Unión quedó facultado para expedir la legislación única en materia de

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mecanismos alternativos de solución de controversias. Por eso, el Ejecutivo Federal presentó el proyecto de la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal, la...

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