CONAA. Normas para Atestiguar Revisadas (NAT Serie 7000)
Autor | Comisión de Normas de Auditoría y Aseguramiento |
Páginas | 30-30 |
CONAA
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CONTADURÍA PÚBLICA
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Normas para Atestiguar Revisadas
(NAT Serie 7000)
Antecedentes
En México, las actuales Normas para Atestiguar (NAT) en años
recientes han sido modificadas solamente con cambios meno-
res y poco representativos. La necesidad de revisar y actualizar
las referidas NAT se fundamenta en la alta demanda de servicios
a la profesión contable por parte de empresas, negocios, autori-
dades, analistas, reguladores, etc., a la propia complejidad que
día a día se ha ido incrementando en los negocios y en las ope-
raciones que las empresas llevan a cabo, las responsabilidades
que las firmas de auditores y Contadores tienen que asumir en
su actuación profesional como revisores y emisores de informes
para un cúmulo tan diverso de usuarios y de trabajos, además
de que requiere incrementar los niveles de confiabilidad en los
trabajos e informes que se emiten como resultado de ellos, a fin
de sustentar de mejor manera la toma de decisiones.
Por estas razones y por la tendencia que en los últimos años se ha
presentado a escala internacional de actualizar la normatividad profe-
sional en virtud de alinearse con las normas de control de calidad en
los trabajos de aseguramiento, la necesidad de delimitar y precisar las
responsabilidades de los diferentes actores en los trabajos profesiona-
les, la dinámica del Código de Ética que rige a la profesión contable y
en particular la adopción en nuestro país de las Normas Internaciona-
les de Auditoría (NIA), es que era indispensable modernizar y adecuar
a las circunstacias actuales las Normas para Atestiguar.
Entre los trabajos que comúnmente se solicitan a la profesión con-
table, los cuales deben sustentarse en las normas para atestiguar,
podemos destacar los siguientes: revisiones sobre información fi-
nanciera proforma; revisiones sobre el diseño y eficacia del sistema
de control interno relacionado con la preparación de información
financiera; revisiones sobre el cumplimiento de disposiciones es-
pecíficas (requerimientos estatutarios o contractuales), así como
de leyes y reglamentos, estadísticas relativas al cumplimiento de
inversiones, ventas, costos, etc.; e informe de atestiguamiento so-
bre los controles de una organización de servicios.
Con base en lo anterior, se puede prever que las NAT revisadas
proveerán un mayor y mejor sustento técnico a los trabajos antes
mencionados.
Inicio de vigencia
Las NAT revisadas iniciarán su vigencia a partir del 1 de enero de
2021 , por lo que todos los interesados deberán intensificar los pro-
cesos de estudio y entrenamiento necesarios para identificar e im-
plementar los cambios aprobados, a fin de que sean incorporados
en los proyectos que se realizarán a partir de la fecha mencionada.
Por su parte, la profesión organizada por medio del IMCP y de sus
distintas comisiones técnicas nacionales y regionales, ha iniciado
los procesos de difusión y entrenamiento de la nueva normatividad.
CoMisión dE norMas dE auditoría y asEGuraMiEnto
Cambios en estructura y en requerimientos
normativos
Las NAT revisadas abarcan una restructuración de los boletines
que comprenden la actual Serie 7000, la cual se sustenta princi-
palmente en lo siguiente:
1. Los cambios a las normas de atestiguamiento, e n su
esencia mantienen el fondo de las actuales n ormas, in-
cluyen nueva terminología y pronunciamientos sustanti-
vos tendientes a incorporar requerimie ntos más amplios
y específicos en temas relevante s como: evaluación de
aceptación y continuidad de proyectos , ética profesional,
control de calidad, planeación, documentación de los
trabajos, emisión de informes, e tcétera.
2. Se emiten normas para atestiguar más robustas, más
completas, mejor estru cturadas y con conceptos alinea-
dos a los cambios que en años recientes se han re aliza-
do a otros pronunciamientos normativos aplic ables a
nuestra profesión (principalmente las NIA).
3. Los modelos de informes de atestig uamiento que se
incluyen son más extensos y con ca mbios de forma
significativos, pero en ese ncia, lo que se incorpora en los
informes, son revelaciones sinteti zadas de partes sustan-
tivas del trabajo que un Contador Públic o que desempe-
ña trabajos de atestiguamiento deb e cumplir, ya que son
requerimientos fundamentales del Marco de referencia
que para estos trabajos rige a la profe sión en México,
como: Código de Ética Profesional, Norma de Rev isión de
Control de Calidad, Normas para atesti guar, proceso de
control de calidad interno de las Firmas, etcétera.
Los informes de atestiguamiento que hoy se e miten, no
incluyen divulgaciones de procesos relevantes que lleva
a cabo el Contador Público que suscribe el info rme de
que se trate, los cuales son importantes para identificar y
delimitar sus responsabilidades y las de las entidade s que
contratan sus servicios.
El contenido del nuevo informe es el siguiente:
> Un título que indique que se trata de un informe de ates-
tiguamiento independiente.
> Destinatario.
> Identificación del grado de seguridad del trabajo.
> Información sobre la materia objeto de análisis y, en su
caso, la materia objeto de análisis.
> Identificación de los criterios aplicables.
> Descripción de cualquier limitación material relcionada
con la materia objeto de análisis.
> Declaración de que el trabajo se realizó de acuerdo co n las NAT.
> Descripción de las responsabilidades del cliente y del r evisor.
> Declaración de que la firma a la que pernece el Cont ador Público cumple con normas de con-
trol de calidad y el revisor con temas de indepe ndencia, código de ética profesional, etcétera .
> Descripción de los procedimientos aplicados.
> Opinión del Contador Público.
> Firma del Contador Público.
> Lugar y fecha de expedición del informe.
Nueva estructura de la Serie 7000
A continuación, se presenta un resumen comparativo entre al estructura de los boletines actuales y
las NAT revisadas:
Boletín actual NAT Aprobada Observaciones
7010, Normas para atestiguar 7010, Normas para atestiguar Se incluyen pronunciamiemtos
específicos respecto a continuidad,
ejecución, control de calidad,
emisión de informes, etcétera.
7020, Informes sobre exámenes y
revisiones de información financiera
proforma
7020, Informes sobre exámenes
y revisiones de información
financiera proforma
Adecuaciones de forma para
alinearse con cambios de la NAT
7010.
7030, Informe sobre examen del
control interno relacionado con
la preparación de información
financiera
7030, Informe sobre examen del
control interno relacionado con
la preparación de información
financiera
Adecuaciones de forma para
alinearse con cambios de la NAT
7010.
7040, Exámenes sobre el
cumplimiento de disposiciones
específicas
7040, Exámenes sobre el
cumplimiento de disposiciones
específicas
Adecuaciones de forma para
alinearse con cambios de la NAT
7010.
7050, Otros informes sobre
exámenes y revisiones de
atestiguamiento
Se elimina. Desaparece, y la parte sustancial
del Boletín vigente se incorpora a la
NAT 7010.
7060, Exámenes de información
financiera proyectada
Se elimina. Por acuerdo de la CONAA se elimina
por tratarse de proyectos de
riesgo y responsabilidad que no se
pueden mitigar razonablemente.
7080, Carta convenio para
confirmar la prestación de servicios
para atestiguar
Se elimina. Se incorpora como Apéndice 2 de la
NAT 7010.
7090, Informes de atestiguamiento
sobre controles de una organización
de servicios
7090, Informes de atestiguamiento
sobre controles de una organización
de servicios
Adecuaciones de forma para
alinearse con cambios de la NAT
7010.
Conclusión
Es conveniente el estudio y la difusión de las NAT, principalmente, para los integrantes de las Firmas
de Contadores Públicos, ya que los cambios que incluyen tendrán implicaciones significativas en los
informes de atestiguamiento que se emitirán partir de enero de 2021.
Adicionalmente, también se deben incorporar los requirimientos normativos adicionales en las meto-
logías que se utilizan para la ejecución de trabajos y proyectos que se sustentan en las normas para
atestiguar.
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