Obligación del trabajador de comprobar un riesgo de trabajo ocurrido en trayecto

PáginasC12

En el artículo 41 de la Ley del Seguro Social (LSS) se define a los riesgos de trabajo como los accidentes y enfermedades a que están expuestos los empleados en ejercicio o con motivo del mismo trabajo.

En ocasiones, los trabajadores -durante el fin de semana- al realizar ciertas actividades se propician alguna lesión, y al presentarse a la empresa mencionan que tal lesión fue ocasionada por un accidente ocurrido durante el traslado de su domicilio al centro de trabajo, por lo cual deciden asistir a la clínica del Instituto Mexicano del Seguro Social correspondiente para recibir la atención médica.

Sin embargo, el médico al realizar el diagnóstico se da cuenta de que la lesión no corresponde al momento mencionado por el trabajador o al hecho descrito por el mismo; y por tanto, decide no otorgar la incapacidad por riesgo de trabajo.

Tal situación se presenta en el mejor de los casos; sin embargo, existen otros en que el médico no se percata de las condiciones reales que propiciaron la lesión y acepta como verídico lo dicho por el trabajador generando, en consecuencia, la incapacidad por riesgo laboral en trayecto.

Aun cuando tal incapacidad no afecta lasiniestralidad de la empresa, es claro que el actuar del trabajador no es correcto y además de lesionar la economía del IMSS (con el pago de un subsidio al 100%), se fomenta la falsedad en el actuar de los trabajadores.

Al respecto el Segundo Tribunal Colegiado en materia de trabajo del Primer Circuito sostiene que cuando un accidente ocurre en el centro de trabajo puede presumirse a favor del empleado; empero, cuando suceda en trayecto no puede considerarse como tal, ya que debe probarse la veracidad de los hechos.

Ante ello, la tarea debe iniciar en el propio centro de trabajo al requisitar el formato ST-1, solicitando al trabajador que narre con detalle las condiciones en cómo ocurrió el riesgo y mostrar las pruebas de su dicho; por ejemplo, hora de salida del domicilio particular, recorrido de la unidad de servicio público donde viajaba, ubicación exacta del accidente, en su caso, el número del acta ministerial y nombre de la agencia donde fue levantada; en fin todos los detalles que conduzcan a obtener la evidencia suficiente de que el siniestro ocurrió como lo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR