Composición de las fuerzas armadas

AutorAlejandro Carlos Espinosa
Cargo del AutorJuez Ad Hoc de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
Páginas207-225
207
CAPÍTULO 7
COMPOSICIÓN DE LAS FUERZAS ARMADAS
Servicio, lealtad, deber de obediencia, dis-
ciplina, cum plimiento del deber e i nstitu-
cionalidad, s on ejes rectores del qu ehacer
militar y pilares d e la eficaz y eficiente o pe-
ración de las In stitucione s Armadas .
ALEJANDRO C ARLOS
En la Ley del Servicio Militar Nacional, publicada en el Diario Of icial de la
Federación el 11 de septiembre de 1940, se enfatiza acerca de la necesidad
de reorganizar el sistema de reclutamiento en México. El método de enrola-
miento tuvo su momento histórico en el que operó según las características
sociales de la etapa revolucionaria; pero en la actualidad no es compatible
con las aspiraciones de los obreros y trabajadores del campo, así como de los
empleados tanto de la iniciativa privada como del aparato burocrático, y no
resulta suficiente el enrolamiento voluntario para satisfacer las necesidades
que en materia de recursos humanos exigen las Fuerzas Armadas para al-
canzar un sano desarrollo y una adecuada operación de éstas en favor del
Estado Mexicano.
Fue necesario organizar un sistema para reclutar a los integrantes del
Ejército, en el que se considera a la totalidad de los ciudadanos mexicanos
en defensa de la patria. Un Ejército sin reser vas no basta por sí sólo para
resolver los trascendentales problemas que plantea la defensa de la nación,
se necesita complementar con la adopción del sistema militar obligatorio,
para poner en las reservas del Ejército a todos los habitantes del país.1
En tales condiciones fueron expedidas y publicadas en el Diario Oficial
Federación, la Ley y Reglamento del Servicio Militar el 31 de agosto y el 10
de noviembre de 1942 respectivamente, en lo que se regula el contingente
anual, reclutamiento voluntario, reser vas, organización y funcionamiento
1 Ley y Reglamento del Servicio Militar Nacional, México, Secretaría de la Defensa Nacional,
p. 9.
208 DERECHO MI LITAR MEXICAN O
de la oficina central de reclutamiento, oficina de reclutamiento del sector, y
juntas municipales de reclutamiento, entre los elementos que conforman el
servicio dentro de las Fuerzas Armadas.
Por reclutamiento debemos entender el medio a través del cual un ciu-
dadano mexicano pasa a engrosar las filas de las Fuerzas Armadas y forma
parte de la institución militar que corresponda y queda constreñido desde
ese momento al fuero de guerra. El reclutamiento voluntario como su nom-
bre lo expresa, se realiza por iniciativa de los ciudadanos mexicanos que
cumplan con el perfil exigido para tal efec to, para el cual existen disposicio-
nes expresas en la Ley y Reglamento del Servicio Militar Nacional que refie-
ren textual y respectivamente lo siguiente:
Artícu lo 24.—En el activo del Ejér cito se podrán admit ir voluntarios hast a
completar la cifra que anualmente fije la Secr etaría de la Defensa Nacional,
cuando se satisfaga n los siguientes requi sitos:
I. Hacer una solicitud.
Ser mexicano mayor de 18 años y menor de 30 año s de edad, y hasta los 40
años para el personal de especial istas del Ejército.
II. Se admitirá n menores de 18 y mayores de 16 años de edad, en las unida-
des de Transmisiones para su preparación como técnicos, med iante contrato
con el Estado que no deberá exceder de 5 a ños.
III. Ser soltero, viudo o divorc iado sin hijos.
IV. Satisfacer los requisitos que deter mine el Reglamento de esta Ley…
Artícu lo 107.—Los indiv iduos que se presenten volunta riamente para ser da-
dos de alta en las unidades de t ropa del Ejército, deberán satisfacer los siguien-
tes requisitos:
I. Hacer una solicitud por el interesado, y si es menor de edad, presenta r por
escrito el consent imiento del padre o tutor. Si no sabe fir mar, deberá poner sus
huellas digitale s.
II. Ser mexicano p or nacimiento o naturalización.
III. Ser mayor de 18 y menor de 30 años de edad.
IV. Ser soltero, viudo o divorciado sin hijos, o no ser sostén de familia;
V. Acreditar, con el testimonio de dos per sonas dignas de cré dito, tener bue-
nos antecedentes o acreditar, mediante certif icado expedido por la autoridad
policíaca, la mism a circunst ancia, mencionándose en éste, el tiempo que haya
residido en el lugar de la jurisdicción de dicha autoridad, y el porqué del
conocimiento.
VI. No estar suspenso en el ejercic io de los derechos del ciudadano si es ma-
yor de 21 años, o no estar comprendido en ninguna de las causa s que pudieran
dar motivo a la suspen sión, si es menor de 21 años.
VII. Pasar sat isfactoriamente el reconocimiento médico que deberá practi-
carse en los térm inos de las tablas anex as.
Como el ingreso a las Fuerzas A rmadas es por contrato, dicho instru-
mento puede rescindirse, además, por disposición legal su duración no po-
drá ser menor de tres años. Quienes logren su aceptación deben conservar

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR