Competencias y limitaciones constitucionales de los gobiernos estatales en México

AutorEnrique Doger Guerrero
Páginas111-130
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La competencia de los gobiernos estatales en nuestro país tiene su fun-
damento en lo dispuesto por la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, complementada y desarrollada por sus propias consti-
tuciones estatales. Para el estudio y análisis de la competencia estatal
es necesario hacer en primera instancia, las de estructura del gobierno
federal.
El federalismo es una técnica constitucional que divide la competen-
cia entre distintos niveles de gobierno. Generalmente, los dos niveles
básicos son el gobierno nacional y los estados miembros. Sin embargo,
algunos sistemas incluyen un distrito federal y municipios. Algunas fa-
cultades son exclusivas del gobierno federal o del estatal y otras son
concurrentes. Aunque no se indique en éste cómo estas competencias
se deben atribuir, y cada sistema federal distribuye las competencias de
distintas maneras. Pudiendo, además desarrollar el otorgamiento o con-
cesión de facultades conforme pasa el tiempo y debido a que las fuerzas
políticas son quienes promueven la centralización o descentralización
o quienes buscan el punto de equilibrio ideal entre el gobierno nacio-
nal y los estatales.
El federalismo tiene su punto de partida en la Constitución de los
Estados Unidos de América del 17 de septiembre de 1787, que fue la
solución práctica al problema de unir a 13 ex colonias autónomas bri-
tánicas en una forma de gobierno que permitiera el desarrollo de un mer-
Capítulo III
Competencias y limitaciones constitucionales
de los gobiernos estatales en México
Enrique Doger Guerrero112
cado común, pero que también permitiera a los estados retener la mayoría
de sus poderes soberanos.30
Para la distribución de competencias entre el gobierno federal y los
estatales, existen diversas fórmulas. Los autores originales de la Cons-
titución de los Estados Unidos argumentaban que la fórmula correcta
era simplemente darle al gobierno nacional el Poder Legislativo en todos
los casos en los cuales las legislaturas estatales fueran individualmente
incompetentes. Sin embargo, los autores decidieron que sería más acon-
sejable enumerar específicamente las atribuciones del gobierno federal.
Entre las cuales se encuentran: imponer impuestos y utilizar estos fon-
dos, pedir préstamos de dinero, reglamentar el comercio entre los estados
y el comercio exterior, acuñar moneda, proteger patentes y los dere-
chos de autores, declarar la guerra y reclutar un ejército, crear los tribu-
nales federales inferiores, establecer una norma uniforme de naturali-
zación y bancarrota, y crear todas las leyes necesarias y apropiadas para
llevar a cabo todos los poderes delegados.31 Las atribuciones de los
estados no están enumeradas; todos los poderes no otorgados al gobierno
nacional son simplemente reservados para los estados o para el pueblo.32
Esto trae como consecuencia que en Estados Unidos la gran mayoría de
los derechos privados sean estatales. Aunque se hayan creado una gran
cantidad de leyes federales en materia penal, éstas están basadas en
algún poder delegado, como las atribuciones constitucionales para regu-
lar el comercio interestatal o para imponer impuestos.
Es importante señalar que en otro de los países con una tradición
federalista como lo es Canadá, la mayor parte de los derechos privados
son también competencia estatal, pero la fórmula constitucional cana-
diense para la asignación de atribuciones es bastante diferente a la de
Estados Unidos. En Canadá, la Constitución otorga al gobierno nacional
más competencias que la Constitución estadounidense. La Constitu-
ción de Canadá concede al gobierno nacional competencia para legislar
con respecto a bancarrota, patentes, derechos literarios, comercio, seguro
de desempleo, impuestos, fuerzas armadas, navegación, moneda, y natu-
30 Keith S. Rossen, “El federalismo en las Américas, una comparación perspectiva”, en
V Congreso Iberoamericano de Derecho Constitucional, México, UNAM, 1998, p. 793.
31 Constitución de Estados Unidos de América, artículo 1, sección 8.
32 Constitución de Estados Unidos de América, décima enmienda.

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