Las Comisiones de Atención a Víctimas. Retos y sus Riesgos

AutorMtro. Kristyan Felype Luis Navarro
CargoMaestro en Derecho Constitucional por la Universidad de Sevilla
Páginas62-63

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En México a partir de la reforma constitucional del 10 de junio del año 2011, se establece un nuevo andamiaje en materia de Derechos Humanos (dh). En concreto, el párrafo tercero del artículo primero de la Constitución se convierte en el recordatorio jurídico más claro en la materia, así como el generador de una legislación reglamentaria publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de enero de 2013, denominada Ley General de Víctimas (lgv).

Es la legislación más innovadora en materia de derechos fundamentales en la atención y reparación integral a las víctimas. Modifica el concepto de víctima, que de ser utilizado para aquellas personas que han sufrido un delito, llega a ser aplicado a quienes han padecido una violación a sus dh de manera directa, indirecta, colectiva o potencial. Fue anunciada como orgullo nacional en su momento, debido a que puede considerársele como el primer paso formal a la deuda histórica que la nación mexicana tenía para con ellas; sin embargo, enfrentó una “reforma” publicada el 3 de mayo de 2013, a 4 meses de su promulgación. Se corrigieron los errores ortográficos, de redacción y jurídicos en su contenido; a esto, se sumaron cambios en 180 de sus 189 artículos; por si fuera poco, se derogaron los últimos 9 numerales, tal vez hubiera sido la figura de la derogación total una mejor herramienta jurídica y de técnica legislativa.

El gran reto de consenso, de participación y empoderamiento ciudadano que representa la lgv es innegable. Incluso es posible aseverar que es el mayor esfuerzo que nuestro país y las entidades federativas han realizado en toda su historia. Reto que responde a las presiones internas de exigencia de paz y atención; así como a las presiones internacionales, principalmente a las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH).

Es innegable el impacto en el sistema jurídico y social de los nuevos conceptos establecidos por esta norma, como lo son: víctima, hecho victimizante, atención, reparación integral así como compensación. A ello se suma, la creación de los órganos encargados de operar y llevar a buen puerto la atención y la reparación in-

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tegral de delitos y de violaciones a los dh: el Sistema Nacional de Atención a Víctimas, una Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (ceav), los Sistemas Estatales de Atención a Víctimas y las Comisiones Ejecutivas Estatales de Atención a Víctimas.

Con ello, México encara de manera jurídica y social, una deuda...

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