La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, una aliada en la resignificación de la igualdad de género mediante la consolidación de áreas especializadas

AutorÁlvaro Flores Sánchez/Antonio de Jesús Ramírez Bernal
CargoLicenciado en Derecho por la Universidad del Valle de Toluca (uvt), con estudios concluidos de la Maestría en Derecho Constitucional y Amparo por la misma universidad, así como académico de diversas instituciones educativas/Pasante de la Licenciatura en Derecho, egresado del Instituto Universitario del Estado de México e integrante de la ...
Páginas55-105
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Dignitas 39 • ISSN: 2007-4379 • eISSN: 2594-2972
La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, una
aliada en la resignificación de la igualdad de género mediante la
consolidación de áreas especializadas
The Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, an Ally in
The Redefinition of Gender Equality Through The Consolidation of
Specialized Areas
Álvaro Flores Sánchez*
Antonio de Jesús Ramírez Bernal**
Resumen
En el Estado de México se presenta una violación sistemática a los derechos hu-
manos de las mujeres, primordialmente motivada por las relaciones de género y
los constructos socioculturales que reproducen conductas machistas y misóginas
en los diversos ámbitos en los que se desenvuelven las mujeres. Las quejas que
se reciben en la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (Cod-
hem), concretamente en la Visitaduría Adjunta de Igualdad de Género, son un
claro ejemplo de que, a pesar de la existencia de ordenamientos que reconocen
explícitamente la necesidad de prevenir y erradicar progresivamente la violen-
cia de género y lograr la igualdad sustantiva entre hombres y mujeres, existen y
persisten conductas u omisiones de servidores públicos y servidoras públicas que
atentan contra el derecho de las mujeres a vivir en entornos libres de violencia.
Palabras clave: Derechos humanos, igualdad de género, resignificación, aliado,
especialización.
* Licenciado en Derecho por la Universidad del Valle de Toluca (), con
estudios concluidos de la Maestría en Derecho Constitucional y Amparo por la
misma universidad, así como académico de diversas instituciones educativas.
** Pasante de la Licenciatura en Derecho, egresado del Instituto Universitario del
Estado de México e integrante de la Visitaduría Adjunta de Igualdad de Género
de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México.
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Abstract
In the State of Mexico, there is a systematic violation of women’s human rights, prima-
rily motivated by gender relations and socio-cultural constructs that reproduce sexist
and misogynistic behaviors in the various spheres in which women operate. The com-
plaints received at the Human Rights Commission of the State of Mexico (Codhem),
specifically at the Deputy Vice-Province for Gender Equality, are a clear example that,
despite the existence of legal orders that explicitly recognize the need to progressively
prevent and eradicate gender-based violence and achieve substantive equality between
men and women; There are and persist behaviors or omissions of public servants and
public servants that violate the right of women to live in environments free of violence.
Keywords: Human Rights, Equality, Gender Equality, Substantive Equality, Resignify.
Introducción
La realidad en México, específicamente en el Estado de México, re-
vela la existencia de una violencia generalizada en contra de las mu-
jeres, al ser consideradas un grupo vulnerable por razones de sexo y
constructos socioculturales que se han reproducido a través del tiem-
po en los diferentes ámbitos en los que interactúan, lo cual ha tenido
repercusiones en su desarrollo integral, así como una transgresión
sistemática de los derechos humanos, tanto de mujeres como de
hombres, pero primordialmente de las mujeres; debe recordarse que,
aun cuando la violencia puede ser perpetrada en contra de ambos
sexos, dicho grupo se encuentra en mayor vulnerabilidad derivado
de los patrones socioculturales históricamente establecidos.
En la actualidad, la violencia contra las mujeres es un tema cen-
tral de la agenda pública del Estado mexicano y de la agenda interna-
cional; de ahí que analizar y visibilizar la existencia de esta asimetría
social sea imperante e impostergable; asimismo, vislumbrar la im-
portancia de que las instituciones públicas y los organismos autóno-
mos modifiquen sus estructuras orgánicas a fin de incluir unidades
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Dignitas 39 • ISSN: 2007-4379 • eISSN: 2594-2972
administrativas especializadas y enfocadas en atender temas de gé-
nero para crear sinergia con la sociedad en general y otras dependen-
cias del poder público.
El objetivo general de la presente investigación consiste en de-
notar que el fortalecimiento de la estructura organizacional de los
organismos constitucionalmente autónomos, como el caso de la Co-
dhem, es una estrategia que coadyuva significativamente a dar un
nuevo contenido, a resignificar, la igualdad de género, ya que en ejer-
cicio de su quehacer institucional, y mediante la creación de unida-
des especializadas en la materia, se busca una mayor protección a los
grupos en situación de vulnerabilidad, como el caso de las mujeres.
Los métodos utilizados en la presente investigación son el de-
ductivo, el inductivo y el analítico; al analizar a qué se refiere la vio-
lencia de género en términos generales, desde una perspectiva que
permita identificar a qué se refiere esta asimetría social, así como los
impactos negativos que produce en las mujeres. Se continúa, con la
presentación de la construcción legal de la mujer, así como los dere-
chos humanos y las libertades fundamentales consagrados a su favor
a nivel internacional, nacional y estatal, a fin de identificar las con-
diciones que les afectan y repercuten en su vida diaria. Finalmente,
esta metodología se hace extensiva al particularizar el trabajo que
efectúa la Codhem y las áreas especializadas que fortalecen su es-
tructura organizacional. La herramienta utilizada para la obtención
de la información que se presenta en el trabajo de investigación fue
la solicitud de información pública realizada al organismo protector
de derechos humanos estatal.
En ese sentido, es posible enmarcar la organización del artículo
en cinco apartados fundamentales. En primer lugar, se vislumbran
las generalidades de la violencia de género para dar un panorama
sobre el tema: en segundo lugar, se enuncia el bagaje normativo que
ha reconocido explícitamente la prevención, la sanción y la erradica-
ción de la violencia contra las mujeres, así como la protección legal

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