La Comisión de Apelación y Arbitraje del Deporte

AutorDavid Hernández González - Sadara Montenegro González
Cargo del AutorAbogado egresado de la Escuela Libre de Derecho - Abogada egresada de la Escuela Libre de Derecho
Páginas53-71
53
ANTECEDENTES
Ley de Estímulo y Fomento del Deporte de 1990
La Comisión de Apelación y Arbitraje del Deporte tiene su origen en la Ley
de Estímulo y Fomento del Deporte publicada en el Diario Oficial de la Fede-
ración del 27 de diciembre de 1990, que entró en vigor al día siguiente de
su publicación.
El capítulo IX de dicha Ley, titulado “De la Comisión de Apelación y
Arbitraje del Deporte”, en su artículo 43 señalaba que se creaba la Comisión
de Apelación y Arbitraje del Deporte que tendría la función de atender y re-
solver administrativamente las inconformidades que los miembros del Sistema
Nacional del Deporte presentaran en contra de las sanciones que fueran aplicadas
por las autoridades deportivas.48 Asimismo, en el precepto en cita se indicaba
que el Ejecutivo federal debía designar a los miembros de dicha comisión
y, además, expedir las normas reglamentarias a las que se debía sujetar su
integración y funcionamiento.
Reglamento de la Ley de Estímulo
y Fomento del Deporte de 1992
El 14 de enero de 1992 se publicó el Reglamento de la Ley de Estímulo y
Fomento del Deporte, que entró en vigor al día siguiente de su publicación.
48 En relación con esta función debemos aclarar que el artículo 40 de la Ley de Estímulo
y Fomento del Deporte indicaba que: “Contra las resoluciones de las autoridades y organismos
deportivos que impongan sanciones procederá el recurso de reconsideración ante quien la
emitió, a f‌in de que revoque, conf‌irme o modif‌ique la resolución, sin perjuicio de entablar el
recurso de inconformidad que establezca el reglamento respectivo.” Asimismo, el artículo 41
de la Ley en mención prescribía que: “ Las resoluciones que impongan sanciones, agotada la
reconsideración, podrán impugnarse por el recurso de inconformidad que se tramitará ante
la Comisión de Apelación y Arbitraje del Deporte.”
Capítulo V
La Comisión de Apelación y Arbitraje del Deporte
David Hernández González / Sadara Montenegro González54
Este reglamento dedicaba el capítulo VII, artículos 67 a 75, a regular a la
Comisión de Apelación y Arbitraje del Deporte y el Recurso de Inconfor-
midad.49
En ese sentido, respecto de la Comisión de Apelación y Arbitraje del
Deporte en sus artículos 67 a 72 señalaba lo siguiente:
–Que funcionaba en forma independiente de las autoridades deportivas y de la
Comisión Nacional del Deporte (antecedente de lo que hoy es Conade).
–Que tenía autonomía para resolver el recurso de inconformidad previsto en la
Ley de Estímulo y Fomento del Deporte.
–Que los organismos deportivos registrados (en el Registro Nacional del De-
porte hoy Registro Nacional de Cultura Física y Deporte) debían insertar en sus
estatutos y reglamentos su sujeción a las resoluciones de la referida comisión.
–Que las infracciones y responsabilidades que rebasaran el régimen deportivo
a que se refería la Ley de Estímulo y Fomento del Deporte y su reglamento se
regirían por el derecho común.
–Que el Ejecutivo federal por conducto de la Comisión Nacional del Deporte
era quien designaba a los miembros de la comisión, quienes debían represen-
tar a los siguientes organismos:
–Comité Olímpico Mexicano.
–Confederación Deportiva Mexicana.
–Medallistas Olímpicos.
–Comisión Nacional del Deporte.
Asimismo, que se debía designar a un representante de la autoridad, orga-
nismo o institución de la que provenía el recurrente, quien sólo podía par-
ticipar en las sesiones en donde se discutiera el asunto que concernía es-
pecíficamente al recurso de inconformidad que correspondía; siendo su
carácter estrictamente temporal y limitado a la resolución del asunto que
motivaba su presencia en la comisión.
–Que el nombramiento de los miembros de la comisión era por tres años.
–Que dicha comisión debía tener un presidente que sería electo entre sus inte-
grantes, duraría en el cargo un año y podía ser reelecto.
–Que además, debía tener un secretario general para el despacho de los asun-
tos administrativos de la comisión y de las actuaciones fuera de su recinto.
49 Sobre la instalación de la propia Comisión de Apelación y Arbitraje del Deporte, Francisco
Sergio Ramírez Jiménez en su Teoría de la División de Poderes y la Cultura Física en los Estados
Unidos Mexicanos, México, Porrúa, 2006, p. 354, comenta que: “La Comisión de Apelación y
Arbitraje del Deporte, en cumplimiento de la ley, se instaló el 6 de mayo de 1992, como un
organismo colegiado autónomo…”

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