Comentario de actualidad

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AutorLuis Angel Chico González
CargoMaestro en Derecho Privado y Licenciado en Derecho por la Universidad Iberoamericana León, egresado de la Especialidad de Notario Público de la Universidad de Guanajuato y egresado de la Maestría en Derecho del Comercio y Contratación de la Universidad Autónoma de Barcelona
Páginas1-3
EPIKEIA. Derecho y Política
http://amoxcalli.leon.uia.mx/Epikeia/index.php 1
Comentario de actualidad
Es bien conocido entre los profesionales del derecho el largo debate sobre
la necesidad de colegiación o de certificación periódica como controles para
garantizar la calidad del ejercicio profesional, pero el tema definitivamente se
encuentra lejos de agotado.
Quienes proponemos los mecanismos de colegiación o de certificación
como obligatorios señalamos beneficios como: la dignificación profesional, la
calidad en el servicio, la sanción de prácticas indebidas, la promoción de la
competencia leal, entre otras medidas que de una forma u otra, redundan en
beneficios para la sociedad a la que servimos.
La colegiación y/o la certificación obligatorias están muy lejos de ser una
realidad, por tres razones:
La primera barrera la encontramos en nuestra propia Constitución, que en su
artículo quinto establece como única condición para ejercer determinadas
profesiones (entre ellas la abogacía) la obtención de un título profesional, por lo
que el determinar la obligatoriedad de la colegiación o de la certificación sería
violatorio de garantías y por lo tanto legalmente imposible. Cualquier intento
legislativo corto de una reforma constitucional promovería una serie de amparos
que, conforme las reformas recientes de esa Legislación, determinarían la
inconstitucionalidad de la norma y por ende su no aplicación; además una reforma
del mencionado artículo constitucional, posiblemente sea contraria a los tratados
internacionales suscritos por nuestro país.
No hay que olvidar que el Estado puede llegar a sancionar al profesional del
derecho al tipificar conductas como la prevaricación o el consejo profesional para
evadir el pago de contribuciones, aunque en el mejor de los casos, son situaciones
verdaderamente extremas.

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