Comedores

AutorBaltazar Feregrino Paredes
Páginas54-54

Page 54

Establecimiento destinado para servir comidas a personas determinadas y a veces al público. Real Academia Española.

Comentario. Es una expresión que se utiliza para condicionar la deducción, cuando circunstancialmente se le proporcionan alimentos a los trabajadores, ver art. 32 fracción XX de la Ley del ISR.

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