Código Fiscal de la Federación. VI-TASR-XXXI-22

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
SALA REGIONAL DEL NOROESTE III
VI-TASR-XXXI-22
AUTORIZACIÓN CON BASE EN LA APLICACIÓN DE UNA JURISPRU-
DENCIA EN LA CUAL SE INTERPRETÓ UN DISPOSITIVO LEGAL, QUE
TRAJO COMO CONSECUENCIA UNA SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN.
VIGENCIA.- Si la autoridad administrativa da una respuesta negativa a una consulta
fiscal relativa a la interpretación de determinada norma y con posterioridad el contri-
buyente obtiene la confirmación de su criterio a través de un juicio de nulidad que se
resolvió con apoyo en la interpretación de determinada jurisprudencia la cual a la
postre fue dejada sin materia, es improcedente la devolución que con apoyo en tal
declaratoria se realice a partir de la fecha en la cual se dejó sin materia la jurispruden-
cia que fijaba cierto sentido a la norma, puesto que, si en una nueva reflexión se
concluyó que el vicio de constitucionalidad no existe, y, por tanto, se abandonó el
referido criterio, entonces, se tiene que el reconocimiento que se generó con apoyo
en la consulta relativa y que originó la solicitud de devolución, perduró hasta en tanto
no se modificaron los presupuestos que en un primer momento recayeron a la resolu-
ción que benefició a la contribuyente; en consecuencia, se tiene que las interpretacio-
nes a un dispositivo legal tendrán efectos hasta en tanto continúe el vicio que originó
la interpretación de esa norma, o bien, hasta que se modifique el razonamiento que
trajo consigo tal conclusión. (10)
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1533/07-03-01-3.- Resuelto por la Sala Re-
gional del Noroeste III del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 28
de enero de 2008, por unanimidad de votos.- Magistrado Instructor: José Luis Ochoa
Torres.- Secretaria: Lic. Mireya Guadalupe Quintero Sarabia.

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