Código Fiscal de la Federación. VI-TASR-XXIX-34

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 2119/07-08-01-6.- Resuelto por la Sala Re-
gional del Centro I del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 29 de
mayo de 2009, por mayoría de votos.- Magistrado Instructor: Mario de la Huerta
Portillo.- Secretario: Lic. Roberto Ruvalcaba Guerra.
VI-TASR-XXIX-34
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN. EL EMBAR-
GO SOBRE UN BIEN INEMBARGABLE ES ILEGAL, AUN CUANDO EL
PROPIO EJECUTADO LO HUBIERA SEÑALADO, SI NO SE ACREDITA
QUE SE HUBIERA SEGUIDO EL PROCEDIMIENTO SEÑALADO EN EL
157 del Código Fiscal de la Federación contiene un catálogo de bienes considerados
inembargables, de lo que se desprende que los mismos no pueden ser materia de
ejecución. Por otra parte, el artículo 155 del referido ordenamiento indica el orden a
que debe sujetarse el deudor, o en su defecto aquél que atiende la diligencia, para el
señalamiento de los bienes a embargar. Finalmente, el artículo 156 del propio Código
establece que, cuando el ejecutor estime que el deudor no se ajustó al orden especifi-
cado en el numeral anterior para señalar los bienes, o bien, que los indicados por él
resultan insuficientes, puede de motu proprio designar él mismo la materia del embar-
go; no obstante lo anterior, debe tomar en consideración el catálogo establecido en el
artículo 157 del compilado tributario, pues no existe disposición que permita al eje-
cutor trabar embargo sobre bienes inembargables, aun cuando sea el propio ejecuta-
do quien los designe, en virtud de la existencia de los procedimientos a que hacen
alusión los descritos preceptos 155 y 156 del Código Fiscal de la Federación. (24)
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 417/09-08-01-6.- Resuelto por la Sala Re-
gional del Centro I del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 30 de

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