Código Fiscal de la Federación. VIII-P-2aS-632

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REVISTA NÚM. 45, ABRIL-AGOSTO 2020
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
VIII-P-2aS-632
RECURSO DE REVOCACIÓN.- SU AMPLIACIÓN SOLO
PROCEDE SI EL PARTICULAR NIEGA CONOCER EL
ACTO.- LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DE LA RE-
FORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FE-
DERACIÓN EL 09 DE DICIEMBRE DE 2013.- La Segunda
Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al resol-
ver el amparo directo en revisión 2425/2015, en la ejecutoria
del doce de agosto de dos mil quince, determinó que la de-
rogación del artículo 129 del Código Fiscal de la Federación
no eliminó la posibilidad de ampliar el recurso de revocación
si el particular maniesta desconocer el acto recurrido. En
este contexto no es el desconocimiento de las constancias
de noticación lo que genera la fase de ampliación, sino la
circunstancia de que el particular haya planteado desconocer
el acto recurrido. Dicho de otra forma, no procede la amplia-
ción en el supuesto de que el recurrente conozca la reso-
lución impugnada; pero, manieste que no le fue noticado
o que le fue ilegalmente entregado. Por consiguiente, si el
recurrente exhibe las constancias de noticación, al interpo-
ner el recurso de revocación y maniesta que el acto fue ile-
galmente noticado, entonces, no procede dicha ampliación,
ya que, en ese caso, puede cuestionar las constancias desde
la interposición del medio de defensa. Lo anterior se corrobora
con lo expuesto por la Segunda Sala de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación al resolver infundada, en la ejecutoria
del veintiocho de octubre de dos mil quince, la solicitud de
sustitución de jurisprudencia 3/2015.

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