Código Fiscal de la Federación. VIII-P-1aS-704

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REVISTA NÚM. 44, MARZO 2020
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
VIII-P-1aS-704
VISITA DOMICILIARIA. LA OMISIÓN POR PARTE DE
LA AUTORIDAD FISCALIZADORA DE ACUDIR AL DO-
MICILIO FISCAL DE LA CONTRIBUYENTE VISITADA
EN EL PLAZO DE SEIS DÍAS ESTABLECIDO EN EL
ARTÍCULO 53, INCISO B) DEL CÓDIGO FISCAL DE LA
FEDERACIÓN, NO VULNERA LA ESFERA JURÍDICA
DEL CONTRIBUYENTE AUDITADO.-
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motivo del ejercicio de las facultades de comprobación, la
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comprobatoria del contribuyente auditado, deberá cumpli-
mentarlo en un plazo de seis días contados a partir del
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artículo 46-A del Código citado, establece que cuando
el contribuyente auditado no atienda el requerimiento
de informes o documentos solicitados, se suspenderá el
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exhibir lo solicitado por la autoridad hacendaria constituye
una infracción de conformidad con lo establecido en el
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De la interpretación concatenada de los dispositivos en
comento, se advierte que tratándose de los requerimientos
de información y documentación formulados dentro de un
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