Código Fiscal de la Federación. VIII-P-1aS-671

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Revista Núm. 41, DiciembRe 2019
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
VIII-P-1aS-671
CÓDIGO FISCAL. LEGALIDAD DE LAS DILIGENCIAS
DE NOTIFICACIÓN, PRACTICADAS EN MATERIA FIS-
CAL A TRAVÉS DE FORMATOS PRE IMPRESOS.- El ar-
tículo 137 del Código Fiscal de la Federación establece el
procedimiento para la práctica de noticaciones personales
y no prohíbe la utilización de formatos pre impresos, de ahí
que aun y cuando un citatorio conste en un formato impreso
en su totalidad, esto no quiere decir que por tal situación se
provoque un estado de indefensión jurídica en perjuicio del
gobernado. Lo anterior en virtud de que los noticadores
pueden auxiliarse de formatos pre impresos al momento de
realizar la noticación de un acto administrativo, siempre que
se realice durante el desarrollo de la diligencia correspon-
diente, aunado a que no existe disposición legal que limite el
uso de ese tipo de instrumentos y mucho menos que dicha
utilización implique la ilegalidad de la actuación del notica-
dor, porque la única nalidad de esos formatos es agilizar la
diligencia, sin que por ello se provoque inseguridad jurídica
al gobernado, en virtud de que lo que importa es lograr que
el destinatario tenga conocimiento el del acto.
PRECEDENTE:
VIII-P-1aS-546
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 5229/17-10-01-5/
1686/18-S1-01-04.- Resuelto por la Primera Sección de
la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Adminis-

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