Código Fiscal de la Federación. VIII-P-1aS-529

Páginas162-165
primera sección 162
Revista del tRibunal FedeRal de Justicia administRativa
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
VIII-P-1aS-529
NOTIFICACIÓN POR ESTRADOS. LA NEGATIVA DE
UN TERCERO PARA RECIBIR EL CITATORIO PREVIO
O LA NOTIFICACIÓN RESPECTIVA, NO ACTUALIZA
LAS HIPÓTESIS PREVISTAS EN LA FRACCIÓN III DEL
ARTÍCULO 134 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERA-
CIÓN.- La fracción III del artículo 134 del Código Fiscal de
la Federación, establece como uno de los supuestos para
que sea procedente la noticación de los actos administra-
tivos por estrados, que la persona a quien deba noticarse
se oponga a la diligencia de noticación. En consecuencia,
para que pueda actualizarse la hipótesis de referencia es
necesario que la persona física buscada sea quien se opon-
ga a esta y en el caso de las personas morales, lo sea el
representante legal o bien la persona legalmente facultada
para atender este tipo de diligencias o actuar en ese sen-
tido. De ahí que la negativa de un tercero, no faculta a la
autoridad para realizar la noticación por estrados, toda vez
que, si bien este se opone a la diligencia de noticación, lo
cierto es que se trata de una persona física distinta al intere-
sado, del representante legal o bien la persona legalmente
facultada para atender este tipo de diligencias o actuar en
ese sentido.
PRECEDENTE:
VIII-P-1aS-272
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 2564/15-11-01-1/

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