Código Fiscal de la Federación. VIII-P-SS-222

Páginas36-37
Revista del tRibunal FedeRal de Justicia administRativa
pleno 36
decir, se reere exclusivamente al procedimiento descrito en
el primer precepto citado. En tal virtud, si el acto de moles-
tia impugnado es aquel por el cual la autoridad, derivado de
sus facultades de scalización previstas en el artículo 42 del
Código Fiscal de la Federación, advirtió la inexistencia de
materialidad de los actos o hechos jurídicos previstos en las
disposiciones scales que fueron documentados y registra-
dos contablemente y con base en ello desconoció los efectos
scales de las operaciones, no estaba obligada a fundar su
actuación en el citado artículo 22.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1560/16-25-01-5-ST/
3503/17-PL-04-04.- Resuelto por el Pleno Jurisdiccional de
la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Adminis-
trativa, en sesión de 24 de enero de 2018, por unanimidad
de 11 votos a favor.- Magistrado Ponente: Rafael Anzures
Uribe.- Secretaria: Lic. Ana María Reyna Ángel.
(Tesis aprobada en sesión de 25 de abril de 2018)
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
VIII-P-SS-222
COMPROBANTES FISCALES. LA AUTORIDAD PUE-
DE VÁLIDAMENTE DESCONOCER SU EFECTO FIS-
CAL CUANDO LAS OPERACIONES AMPARADAS EN
ELLOS CAREZCAN DE MATERIALIDAD.- En la tesis 1a.
CLXXX/2013, la Primera Sala de la Suprema Corte de Jus-
ticia de la Nación denió que los comprobantes scales son
los medios de convicción a través de los cuales los contri-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR