Código Fiscal de la Federación. VIII-P-2aS-259

Páginas344-347
segunda sección 344
Revista del tRibunal FedeRal de Justicia administRativa
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
VIII-P-2aS-259
FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN. DE LA ORDEN
PARA LLEVAR A CABO UNA NOTIFICACIÓN POR ES-
TRADOS, PREVISTA EN EL ARTÍCULO 134, FRACCIÓN
III, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, VIGEN-
TE HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2013.- Partiendo de
la base que la noticación es el medio a través del cual se
hace del conocimiento del gobernado el contenido de un
acto de autoridad, es evidente que este acto y no su noti-
cación, ha de cumplir con el requisito de fundamentación y
motivación señalado en los artículos 16 constitucional y 38,
fracción IV, del Código Fiscal de la Federación; razón por
la cual, tratándose de una noticación scal por estrados,
es necesario que la autoridad calique, de manera fundada
y motivada, la actualización de alguno de los supuestos de
procedencia señalados en el artículo 134, fracción III, del
Código Fiscal de la Federación. De suerte que se estima
que para la emisión de una noticación scal por estrados,
debe de existir primero una orden que así lo determine, en
la que se indique, de manera razonada, que se ha actualiza-
do alguno de los supuestos de procedencia de ese tipo de
comunicación, es decir, que la autoridad precise los funda-
mentos y motivos que la llevaron a concluir que la persona
a quien deba noticarse no se localiza en el domicilio que
haya señalado para efectos del Registro Federal de Contri-
buyentes; se ignora su domicilio o el de su representante; si
ha desaparecido; se ha opuesto a la diligencia de notica-
ción; se ha colocado en el supuesto previsto en el artículo

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