Código fiscal de la federación. VIII-P-1aS-325

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REVISTA NÚM. 20, MARZO 2018
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
VIII-P-1aS-325
CONTABILIDAD. ANTE SU DESTRUCCIÓN TOTAL, IN-
UTILIDAD, PÉRDIDA O ROBO, CORRESPONDE AL CON-
TRIBUYENTE SU REPOSICIÓN.- De conformidad con el ar-
tículo 33 segundo párrafo del Reglamento del Código Fiscal
de la Federación, cuando exista destrucción o inutilización
total, pérdida o robo de los libros, registros o colecciones de
hojas foliadas de la contabilidad del contribuyente, corres-
ponde a este asentar en los nuevos libros o en los regis-
tros de contabilidad de que se trate, los asientos relativos
al ejercicio en el que sucedió la inutilización, destrucción,
pérdida o robo, pudiéndose realizar por concentración, a
efecto de que la autoridad scalizadora pueda ejercer sus
facultades de comprobación.
PRECEDENTES:
VII-P-1aS-1040
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 7449/12-11-02-8/
1216/13-S1-04-04.- Resuelto por la Primera Sección de la
Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Admi-
nistrativa, en sesión de 10 de junio de 2014, por unanimidad
de 4 votos a favor.- Magistrado Ponente: Rafael Anzures
Uribe.- Secretaria: Lic. Elva Marcela Vivar Rodríguez.
(Tesis aprobada en sesión de 7 de octubre de 2014)
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año IV. No. 41. Diciembre 2014. p. 268

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