Código fiscal de la federación. VIII-P-1aS-323

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REVISTA NÚM. 20, MARZO 2018
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
VIII-P-1aS-323
AVISO PARA DICTAMINAR ESTADOS FINANCIEROS.-
SU PRESENTACIÓN ES INSUFICIENTE PARA TERMI-
NAR ANTICIPADAMENTE UNA VISITA DOMICILIARIA.-
El hecho que el contribuyente haya presentado aviso para
dictaminar sus estados nancieros, previo al inicio de una
visita domiciliaria, no implica que se hayan cumplido los
requisitos de forma y tiempo que para su presentación es-
tablecen los artículos 46 y 47 del Código Fiscal de la Fe-
deración y su reglamento, respectivamente, y que por ello
deba terminarse anticipadamente la visita, pues el contri-
buyente visitado deberá acreditar, en términos del artículo
81 del Código Federal de Procedimientos Civiles, que el
aviso multireferido cumple con los requisitos puntualizados.
PRECEDENTES:
V-P-1aS-72
Juicio No. 2672/99-06-02-9/428/00-S1-01-04.- Resuelto por
la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Fiscal
de la Federación, en sesión de 13 de junio de 2000, por
unanimidad de 5 votos.- Magistrado Ponente: Luis Humber-
to Delgadillo Gutiérrez.- Secretaria: Lic. Magdalena Judith
Muñoz Ledo Belmonte.
(Tesis aprobada en sesión de 27 de septiembre de 2001)
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año II. No. 16. Abril 2002. p. 12
Fe de Erratas R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año. II. No. 19. Julio
2002. p. 257

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