Código Fiscal de la Federación. VII-CASR-8ME-37

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CRITERIOS AISLADOS DE LA OCTAVA SALA REGIONAL METROPOLITANA
para acreditar la legal comunicación del aviso de inicio del
procedimiento administrativo de rescisión del contrato de obra
pública, en términos del artículo 61, fracción I, de la Ley de
Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas,
en relación con los artículos 35 y 36 de la Ley Federal de
Procedimiento Administrativo aplicada supletoriamente.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 4235/14-17-08-
9.- Resuelto por la Octava Sala Regional Metropolitana del
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 31
de octubre de 2014, por unanimidad de votos.- Magistrada
Instructora: Lucila Padilla López.- Secretaria: Lic. Begonia
Brígido Mazas.
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
VII-CASR-8ME-37
RECURSO DE REVOCACIÓN INTERPUESTO CON MOTI-
VO DE LA EJECUCIÓN DE UN CRÉDITO FISCAL, QUE EL
CONTRIBUYENTE MANIFIESTA DESCONOCER, DEBE
PROMOVERSE CONFORME A LO PREVISTO POR EL AR-
TÍCULO 127, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN,
EL CUAL ESTABLECE LA INTERPOSICIÓN DE UN SOLO
RECURSO ADMINISTRATIVO (LEGISLACIÓN VIGENTE A
PARTIR DEL 1° DE ENERO DE 2014).- Conforme al Decreto
por el que se reforman, adicionan y derogan diversas dispo-
siciones del Código Fiscal de la Federación, publicado en el
Diario O cial de la Federación el 9 de diciembre de 2013,
quedó derogado el artículo 129, del citado ordenamiento, el

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