Código Fiscal de la Federación. VII-P-1aS-242

Páginas40-50
40
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
VII-P-1aS-242
VIOLACIÓN SUSTANCIAL AL PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO.- PROCEDE LA REGULARIZACIÓN DEL MIS-
MO CUANDO EL EMPLAZAMIENTO AL TERCERO INTERESADO
SE EFECTUÓ INDEBIDAMENTE POR LISTA.- De una interpretación
conjunta y armónica de los artículos 208, 211 y 253 del Código Fiscal de la
Federación, aplicables en los términos del Cuarto Transitorio de la Ley Federal
de Procedimiento Contencioso Administrativo; cuando de autos se advierta que
el actor manifestó la existencia de uno o varios terceros interesados y haya omiti-
do señalar el o los domicilios, el Magistrado Instructor deberá regularizar el pro-
cedimiento requiriendo al promovente para que señale el o los domicilios dentro
del término de cinco días, apercibido que de no hacerlo, se tendrá por no presen-
tada la demanda. Ahora bien, cuando el demandante desconozca el domicilio de
ese tercero cierto y determinado, así lo deberá manifestar bajo protesta de decir
verdad, y en ese supuesto; las notificaciones a éste se realizarán a través de la lista
autorizada que se fije en sitio visible de la Sala; sin embargo, cuando el deman-
dante haya manifestado bajo protesta de decir verdad que desconoce el domici-
lio del tercero, el Magistrado Instructor con fundamento en el artículo 36, frac-
ción VII de la Ley Orgánica de este Tribunal vigente hasta el 6 de diciembre de
2007, podrá requerir a la autoridad demandada el domicilio del tercero interesa-
do, y en caso de que ésta también lo desconozca, las notificaciones relativas
válidamente se efectuarán por lista.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 25367/05-17-06-9/755/08-S1-04-
03[01].- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Fede-
ral de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 17 de enero de 2012, por
unanimidad de 4 votos a favor.- Magistrado Ponente: Rafael Anzures Uribe.-
Secretaria: Lic. Yazmín Alejandra González Arellanes.
(Tesis aprobada en sesión de 24 de abril de 2012)

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR