Código Fiscal de la Federación. VI-TASR-VII-36

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
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pleno; de conformidad con lo dispuesto por los artículos 129 y 202 del Código
Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria en la materia, en relación
con el 46, fracción I, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrati-
vo; de ahí que tales hechos legalmente afirmados por los verificadores, son suficien-
tes para dar soporte legal a la multa impuesta, máxime si la actora no se ocupa en
desvirtuarlos.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1498/09-02-01-6.- Resuelto por la Sala Re-
gional del Noroeste II del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 30
de marzo de 2010, por unanimidad de votos.- Magistrado Instructor: Carlos Miguel
Moreno Encinas.- Secretaria: Lic. María Teresa Sujo Nava.
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ARTÍCULO 43, FRACCIÓN I, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERA-
CIÓN.- NO PREVÉ COMPETENCIA ALGUNA DE LA AUTORIDAD PARA
DESIGNAR EL LUGAR O LUGARES DONDE DEBE EFECTUARSE LA
VISITA.- Resulta infundado que la autoridad deba citar en la orden de visita domici-
liaria la fracción I, del artículo 43, del Código Fiscal de la Federación, toda vez que el
requisito contenido en dicha fracción, atinente al señalamiento del domicilio donde
deba efectuarse la visita domiciliaria, tiene un carácter meramente formal, y en ningún
modo implica un aspecto de competencia de la autoridad, porque se refiere únicamen-
te, al señalamiento del lugar donde se llevará a cabo la misma, lo cual como se dijo, no
le impone a la autoridad la obligación de invocar en la orden de visita la fracción I de
dicho dispositivo legal. Lo anterior es así, porque en el aspecto del domicilio del
contribuyente a visitar, es suficiente que en la orden de visita se señale inequívocamen-
te el lugar o lugares donde debe efectuarse la visita, para cumplir con la garantía
constitucional de salvaguardar la inviolabilidad del domicilio del gobernado, para que
no sea molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en

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