Código Fiscal de la Federación. Jurisprudencia Núm. VIII-J-2aS-62

Páginas31-34
Jurisprudencia 31
Revista Núm. 31, FebReRo 2019
JURISPRUDENCIA NÚM. VIII-J-2aS-62
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
IMPUESTO SOBRE LA RENTA.- LA AUTORIDAD TIENE
FACULTADES PARA CUESTIONAR LA MATERIALIDAD
DE LOS HECHOS QUE SUSTENTAN LOS INGRESOS
GRAVADOS Y LOS GASTOS DEDUCIDOS.- En términos
de la tesis 1a. CXCVII/2013 (10a.) emitida por la Primera
Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el cum-
plimiento de los requisitos aplicables a los comprobantes
scales no implica que proceda automáticamente el efecto
scal que el contribuyente pretenda. De ahí que, en caso
de ser cuestionado en la scalización, el contribuyente debe
demostrar la materialidad de las operaciones que generaron
los ingresos gravados y los gastos deducidos. Se arriba a
esa conclusión, porque el artículo 59, fracción III, del Códi-
go Fiscal de la Federación prevé que el registro contable se
integra también con la documentación que lo compruebe,
habida cuenta que las Normas de Información Financiera
A-1, A-2, A-3 y A-4 establecen los principios de sustancia
económica, de conabilidad, veracidad y vericabilidad de
las operaciones. Por añadidura, la autoridad puede válida-
mente cuestionar la materialidad de una operación, porque
esa es precisamente la nalidad de las compulsas. Se arri-
ba a esa conclusión, porque buscan vericar (cruzar infor-
mación) si las operaciones que un contribuyente manifestó
realizar con un tercero efectivamente se realizaron, a través
de la scalización de este. De ahí que se explique por qué,
en términos de la fracción VI del artículo 46 del Código Fis-
cal de la Federación, deben darse a conocer los resultados

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