Código Fiscal de la Federación. Jurisprudencia Núm. VIII-J-1aS-53

Páginas51-54
Jurisprudencia 51
Revista Núm. 28, NoviembRe 2018
PRIMERA SECCIÓN
JURISPRUDENCIA NÚM. VIII-J-1aS-53
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
VISITA DOMICILIARIA. DOCUMENTOS OBJETO DE LA
MISMA SUJETOS A REVISIÓN POR AUTORIDADES FIS-
CALES.- De conformidad con los artículos 38, fracción IV,
42, fracción III y 45 del Código Fiscal de la Federación, las
autoridades scales a n de comprobar que los contribu-
yentes, los responsables solidarios o los terceros con ellos
relacionados han cumplido con las disposiciones scales
y en su caso, determinar las contribuciones omitidas o los
créditos scales, así como para comprobar la comisión de
delitos scales y para proporcionar información a otras au-
toridades scales, podrán revisar su contabilidad, bienes y
mercancías, en relación con el objeto de la orden de visita,
la que debe contener entre otros elementos las contribu-
ciones y el periodo sujeto a revisión; mientras que por otro
lado, es obligación de los visitados, permitir a los visitadores
el acceso al lugar o lugares objeto de esta, de mantener a su
disposición en el domicilio la contabilidad y demás papeles
que acrediten el cumplimiento de las disposiciones scales.
En este orden de ideas, las autoridades scales tienen la
facultad de requerir toda la documentación que desconoce
y con la que el contribuyente acredite el cumplimiento de
sus obligaciones scales relacionadas con el objeto de la
visita domiciliaria, en virtud de que no es jurídicamente po-
sible que se limite la documentación sujeta a revisión, pues

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