Código Fiscal de la Federación. Jurisprudencia Núm. VIII-J-SS-85

Páginas48-50
Revista del tRibunal FedeRal de Justicia administRativa
pleno 48
JURISPRUDENCIA NÚM. VIII-J-SS-85
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
CONTABILIDAD ELECTRÓNICA. LAS REGLAS 2.8.1.6
Y 2.8.1.7 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL
PARA 2016 NO ESTÁN RELACIONADAS CON ASPEC-
TOS DE LA VIDA PRIVADA DE LOS CONTRIBUYEN-
TES.- Del contenido de las reglas 2.8.1.6 y 2.8.1.7 de la
Resolución Miscelánea Fiscal para 2016, puede advertirse
que la información contable que obligan al contribuyente
a proporcionar al Servicio de Administración Tributaria, a
través de los medios electrónicos, se relaciona con: catá-
logo de cuentas; balanzas de comprobación, que incluya
saldos iniciales, movimientos del periodo y saldos nales
de todas y cada una de las cuentas de activo, pasivo, ca-
pital, resultados (ingresos, costos, gastos y resultado in-
tegral de nanciamiento); y pólizas de periodo y sus au-
xiliares y folios scales; información que está relacionada
con el cumplimiento de las obligaciones scales del contri-
buyente, no así con aspectos condenciales o de su vida
privada. Porque el derecho de los contribuyentes para
decidir qué información proporcionan no es absoluto, al
estar limitado al cumplimiento de disposiciones de orden
público, como aquellas que tienen por objeto vericar el
cumplimiento de sus obligaciones scales; de no ser así,
se llegaría al absurdo de considerar que la vericación del
correcto cumplimiento de las obligaciones de carácter tri-
butario está supeditado a la voluntad del contribuyente, lo
cual es contrario a los postulados del artículo 31, fracción

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