Código Fiscal de la Federación. Jurisprudencia Núm. VIII-J-SS-70

Páginas59-61
JURISPRUDENCIA 59
REVISTA NÚM. 25, AGOSTO 2018
JURISPRUDENCIA NÚM. VIII-J-SS-70
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
CRÉDITO FISCAL DETERMINADO EN RESPUESTA A
UNA PETICIÓN DE DEVOLUCIÓN PRESENTADA POR
EL CONTRIBUYENTE.- RESULTA ILEGAL.- El artículo
22 del Código Fiscal de la Federación establece los linea-
mientos que deben seguirse tratándose del procedimiento
de devolución de pago de lo indebido y de las cantidades
que proceden conforme a las leyes scales, de forma que
la autoridad scal solo está facultada a negar o conceder
la devolución solicitada y vericar su procedencia. Luego
entonces, si la respuesta a la petición correspondiente no
se circunscribe a dichos aspectos, sino por el contrario de-
termina un crédito scal a cargo del contribuyente, sin me-
diar el ejercicio de las facultades de comprobación previstas
en el artículo 42 del mismo Código; tal determinación debe
calicarse de ilegal y en consecuencia procede declarar su
nulidad.
(Tesis de jurisprudencia aprobada por acuerdo G/25/2018)
PRECEDENTES:
VII-P-SS-21
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 20727/08-17-06-4/
83/11-PL-09-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior
del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en
sesión de 1° de junio de 2011 por unanimidad de 9 votos

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