Código Fiscal de la Federación. VI-TASS-39

Páginas238-238
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
238
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
VI-TASS-39
CITATORIO PREVIO A LA NOTIFICACIÓN FISCAL PERSONAL.- SI LA
PARTE ACTORA NIEGA LISA Y LLANAMENTE SU EXISTENCIA, LA
AUTORIDAD DEBE EXHIBIR EL ACTA DONDE SE HIZO CONSTAR SU
ENTREGA.- Si el gobernado en su demanda de nulidad plantea la ilegalidad de la
notificación del acto o resolución controvertida -realizada con un tercero- porque no
precedió citatorio previo, es evidente que la autoridad tiene la carga procesal de
exhibir en su contestación de demanda, la documental pública donde conste el citatorio
y su entrega, ello en virtud de que la manifestación en el acta de notificación relativa a
que sí precedió citatorio previo, no es idónea para tener por colmadas las formalida-
des previstas en los artículos 134, fracción I y 137 del Código Fiscal de la Federa-
ción. (2)
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 13779/05-17-08-4/1189/07-PL-08-10.- Re-
suelto por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y
Administrativa, en sesión de 27 de febrero de 2008, por mayoría de 6 votos a favor y
4 votos con los puntos resolutivos.- Magistrada Ponente: Olga Hernández Espíndola.-
Secretario: Lic. Francisco Javier Marín Sarabia.- Tesis: Juan Carlos Perea Rodríguez.
(Tesis aprobada en sesión de 10 de junio de 2009)

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