Código Fiscal de la Federación. VI-TASR-II-29

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
SALAS REGIONALES
SEGUNDA SALA REGIONAL METROPOLITANA
VI-TASR-II-29
SUSPENSIÓN DEL PLAZO, PARA QUE SE EXTINGAN POR CADUCI-
DAD LAS FACULTADES DE LAS AUTORIDADES FISCALES PARA DE-
TERMINAR CONTRIBUCIONES, SE INICIA CON MOTIVO DE LA IN-
TERPOSICIÓN DEL JUICIO DE NULIDAD.- El artículo 67, del Código Fiscal
de la Federación, establece entre otras causas para suspender el plazo de 5 años para
que se extingan las facultades de la autoridad fiscal para determinar un crédito en
materia de contribuciones federales, cuando se interpone un juicio de nulidad; causal
que se actualiza cuando el juicio respectivo declara nulo el crédito fiscal controverti-
do; por lo que una vez que se reinicie el cómputo de dicho plazo y hayan transcurrido
5 años, sin que la autoridad fiscal haya emitido el crédito fiscal, es evidente que las
facultades de que se trata se extinguieron por caducidad.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 30495/04-17-02-1.- Resuelto por la Segun-
da Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrati-
va, el 16 de abril de 2009, por unanimidad de votos.- Magistrada Instructora: Con-
suelo Arce Rodea.- Secretaria: Lic. María Teresa del Niño Jesús Cadena Solórzano.

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