Código Federal de Procedimientos CivilES. VI-P-2aS-118
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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
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los municipios exentando a sus instituciones del otorgamiento de garantías, exención
que no se encuentra prevista en la ley suplida. (27)
Recurso de Reclamación Núm. 2071/07-03-01-8/185/08-S2-10-05.- Resuelto por la
Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Adminis-
trativa, en sesión de 17 de abril de 2008, por unanimidad de 5 votos a favor.- Magistra-
do Ponente: Guillermo Domínguez Belloc.- Secretaria: Lic. Claudia Palacios Estrada.
(Tesis aprobada en sesión de 7 de octubre de 2008)
VI-P-2aS-118
MUNICIPIOS. PROCEDE OTORGAR LA SUSPENSIÓN DE LA EJECU-
CIÓN DE UN CRÉDITO FISCAL QUE LE ES DETERMINADO POR CON-
CEPTO DE CUOTAS OBRERO PATRONALES, SIN OTORGAMIENTO
DE GARANTÍA.- En términos de lo dispuesto por el artículo 4° del Código Fede-
ral de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria en el juicio regulado por la Ley
Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, las instituciones, servicios y
dependencias de la Administración Pública Federal y de las Entidades Federativas
estarán exentas de prestar las garantías que la ley exija y no podrá dictarse en su
contra mandamientos de ejecución ni providencia de embargo, por lo tanto, si los
municipios forman parte integrante de las entidades federativas, acorde a lo estableci-
do por el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
resulta procedente concluir que para obtener la suspensión de la ejecución del crédito
fiscal por concepto de cuotas obrero patronales en el juicio contencioso administra-
tivo federal, cuando el contribuyente sea un municipio, no debe exigirse la garantía
del interés fiscal. (28)
Recurso de Reclamación Núm. 2071/07-03-01-8/185/08-S2-10-05.- Resuelto por la
Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Adminis-
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