Código de Evidencias para México. Pruebas en Materia Procesal Penal

AutorDra. Laura A. Londoño Jaramillo
CargoAbogada litigante; Capacitadora en el Sistema Acusatorio. Asesora y consultora en temas de seguridad y justicia en México
Páginas24-26

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Al asimilar un modelo de impartición y procuración de justicia en sus procedimientos, consistente en un Sistema Penal Acusatorio y Adversarial, algunas legislaciones en Latinoamérica han establecido en sus respectivos estatutos procesales (regímenes probatorios dinámicos), como conjuntos de reglas necesarias insertas en su normatividad, que en el entendido de la razonabilidad de la prueba permite inferir al intérprete o abogado en cualquiera de los respectivos roles: jueces, ministerios públicos, defensores, asesores jurídicos.

Se trata de una actividad progresiva e intelectiva distinta a la que caracterizaba al sistema tradicional de justicia o mixto de corte inquisitivo, lo cual obliga a un aprendizaje adecuado de una serie de técnicas, habilidades y destrezas de litigación, orientadas en dos aspectos torales: la argumentación y la actividad probatoria. Ambos puntos se aplican en las tres etapas del proceso, dadas las características, naturaleza y fines de cada una de éstas y las diversas fases en que se desarrollan, para la utilización adecuada de la información con fines probatorios, al servicio de la teoría del caso de cada una de las partes y su entendimiento por los jueces, al momento de valorar dicha información.

México cuenta en la actualidad con un Código Nacional de Procedimientos Penales (cnpp), normatividad procesal que dispone para toda la República la observancia de un régimen de pruebas. Sin embargo, una lectura minuciosa de todos y cada uno de los artículos alusivos a la actividad probatoria en materia penal, demuestra que no fueron incluidos en dicho conjunto legal aspectos de relevancia, imprescindibles para un ejercicio eficaz y suficiente de los intervinientes en el proceso penal, lo que lleva a considerar la importancia, y sobre todo la urgencia, de un instructivo o herramienta legal de índole conceptual para la unificación de criterios, nociones, técnicas y demás cuestiones de la actividad probatoria.

El proceso es un camino del conocimiento que debe ser entendido en un escenario ordenado y ar-

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mónico, precedido de términos y expresiones, observando un rigor metodológico de redacción e interpretación al que accedan los sujetos intervinientes de manera completa, como verdaderas reglas de adelantamiento de la actividad probatoria, asequible en condiciones de igualdad para quienes intervienen en la dinámica procesal, como aspecto esencial de la seguridad y la certidumbre que se persigue a través del...

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