Código Civil Federal. VIII-P-1aS-646

Páginas190-192
primera sección 190
Revista del tRibunal FedeRal de Justicia administRativa
CÓDIGO CIVIL FEDERAL
VIII-P-1aS-646
SOLICITUD DE NULIDAD DE ACTOS JURÍDICOS SI-
MULADOS. NO ES CONDICIÓN PREVIA PARA DESCO-
NOCER LOS EFECTOS FISCALES DE OPERACIONES
INEXISTENTES.- Los artículos 2180 a 2183 del Código
Civil Federal, disponen que es simulado el acto en que
las partes declaran o conesan falsamente lo que en
realidad no ha pasado o no se ha convenido entre ellas;
que dicha simulación puede ser absoluta cuando el acto
simulado nada tiene de real, caso en el cual no produce
efectos jurídicos y relativa cuando a un acto jurídico se le
da una falsa apariencia que oculta su verdadero carácter;
asimismo, que pueden pedir la nulidad de los actos simu-
lados, los terceros perjudicados con la simulación, o el
Ministerio Público cuando esta se cometió en transgresión
de la ley o en perjuicio de la Hacienda Pública. Ahora, si
bien conforme a los dispositivos legales mencionados, la
autoridad scal puede acudir a la instancia jurisdiccional
competente para solicitar la nulidad de los actos jurídicos
que considera simulados, esa posibilidad no es una con-
dición previa para desconocer los efectos scales de las
operaciones inexistentes que advirtió en el ejercicio de
sus facultades de comprobación, pues la determinación
en que se pronuncie al respecto, no lleva implícita la anu-
lación para efectos generales de dichos actos.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR