Declaración Informativa de Clientes y Proveedores

Páginas75-75
Segunda฀y฀Tercera฀Modif‌i฀caciones฀a฀la฀Resolución฀Miscelánea฀Fiscal฀2009
75
Tips Fiscales
ACTUALIDAD฀FISCAL
REGLA
ANTERIOR
MAYO
2009
REGLA
NUEVA
2A/22/DIC/ 09
3A/ENE/10
ENCABEZADO / C OMENTARIO
REGLA
ANTERIOR
MAYO
2009
REGLA
NUEVA
2A/22/DIC/ 09
3A/ENE/10
ENCABEZADO / C OMENTARIO
TRANSITORIOS (DOF 21-DIC-2009)
--- Primero
Vigencia
La presente Resolución entrará en vigor al día
siguiente de su publicación, excepto el Anexo 20
que entrará en vigor el 1 de enero de 2010.
--- Segundo
Declaraciones Informativas de IDE de las Insti-
tuciones del Sistema Financiero
Para efectos de la regla I.11.15.-PFOS-1 y 2 el avi-
so respecto de la información correspondiente al
segundo semestre de 2009, se deberá presentar
a más tardar el 31 de diciembre de 2009.
--- Tercero
Autofacturación 2009
Para efectos de lo dispuesto en la I.2.5.1.-F-I-UP,
vigente hasta el 30 de enero de 2009, los contri-
buyentes que durante el ejercicio de 2008 hayan
utilizado la facilidad de autofactura para comprobar
las adquisiciones realizadas a los contribuyentes a
que se re ere dicha regla, que no hayan presenta-
do los datos para la inscripción de las citadas per-
sonas, podrán comprobar las erogaciones efectua-
das amparadas a través de dicha facilidad.
--- Cuarto
Transparencia, Uso y Destino de Donativos
Para efectos de lo dispuesto en la regla I.3.9.10.
y la  cha 16/ISR Información para garantizar la
transparencia de los donativos recibidos, así como
el uso y destino de los mismos del Anexo-1-A, se
prorroga del 1 de enero al 31 de mayo de 2010
el plazo para que las entidades autorizadas para
recibir donativos deducibles en los términos de la
Ley del ISR, pongan a disposición del público en
general la información correspondiente al ejercicio
scal de 2008, relativa a la transparencia y al uso
y destino de los donativos recibidos, a través del
programa electrónico que para tal efecto se en-
cuentra en la página de Internet del SAT.
--- Quinto
Vigencia del PFO-2 de la Regla I.3.3.2. aplicable
a Operaciones Financieras Derivadas referidas
al Tipo de Cambio
Lo dispuesto en la regla I.3.3.2.-PFO-2, será apli-
cable a las operaciones nancieras derivadas
referidas al tipo de cambio de una divisa, que se
celebren a partir de la entrada en vigor de la pre-
sente Resolución.
--- Sexto
PM Autorizadas a Recibir Donativos Deduci-
bles que Deberán Poner a Disposición del Pú-
blico en General la Información de sus Donati-
vos de 2008
Para efectos de la regla I.3.9.10. y la  cha 16/ISR
del Anexo 1-A, las PM morales autorizadas para
recibir donativos deducibles del ISR obligadas a
poner a disposición del público en general la infor-
mación relativa a la transparencia, así como al uso
y destino de los donativos recibidos correspondien-
te al ejercicio 2008, a través del programa electró-
nico que para tal efecto se publica en la página de
Internet del SAT, son aquéllas que se señalaron
en el Anexo 14 de la Resolución Miscelánea Fiscal
para 2008 y sus respectivas modi caciones, publi-
cadas en el DOF el 30 de mayo de 2008, 29 de
diciembre de 2008 y 4 de mayo de 2009.
Declaración฀Informativa฀de฀Clientes฀y฀Proveedores
Si฀bien฀aparentemente฀con฀la฀presentación฀de฀la฀DIOT฀ya฀no฀se฀debe฀presentar฀la฀declaración฀informativa฀de฀clientes฀y฀proveedores,฀es฀nece-
sario฀hacer฀algunos฀comentarios฀al฀respecto.
Facilidad฀de฀no฀presentar฀la฀informativa฀de฀clientes฀y฀proveedores
Con฀la฀ aprobación฀de฀ la฀3ARMISC09฀ se฀establece฀ que฀se฀ tendrá฀cumplida฀ la฀obligación฀ de฀presentar฀ la฀información฀ de฀op eraciones฀con฀
clientes฀y฀proveedores,฀prevista฀en฀los฀ARTS-86-F-VIII,฀101-F-V,฀133-F-VII฀LISR฀y฀32-G฀CFF,฀durante฀el฀ejercicio฀2009,฀cuando฀los฀contribuyentes฀
presenten฀la฀DIOT฀respecto฀de฀todo฀el฀ejercicio฀f‌i฀scal฀2009.
Aspectos฀a฀considerar
A฀pesar฀de฀que฀mediante฀reglas฀misceláneas฀se฀libera฀a฀los฀contribuyentes฀de฀la฀presentación฀de฀la฀informativa฀en฀comento,฀hay฀que฀recor-
dar฀que฀la฀información฀de฀clientes฀y฀proveedores฀podrá฀ser฀solicitada฀ por฀las฀autoridades฀f‌i฀scales฀en฀cualquier฀tiempo,฀después฀del฀mes฀de฀
febrero฀del฀año฀siguiente฀al฀ejercicio฀al฀que฀corresponda฀la฀información฀solicitada,฀sin฀que฀dicha฀solicitud฀constituya฀el฀inicio฀de฀las฀facultades฀
de฀comprobación฀a฀que฀se฀ref‌i฀ere฀el฀Código฀Fiscal฀de฀la฀Federación.฀Para฀estos฀efectos,฀los฀contribuyentes฀contarán฀con฀un฀plazo฀de฀30฀días฀
hábiles฀para฀entregar฀la฀información฀solicitada,฀contados฀a฀partir฀de฀la฀fecha฀en฀la฀que฀surta฀efectos฀el฀requerimiento฀respectivo.
Por฀tal฀motivo,฀es฀recomendable฀que฀se฀tenga฀la฀información฀necesaria,฀aun฀cuando฀no฀se฀presente฀la฀declaración,฀฀ante฀una฀posible฀solicitud฀
por฀parte฀de฀las฀autoridades,฀en฀virtud฀de฀las฀facultades฀que฀le฀conf‌i฀ere฀el฀ART-86-F-VIII฀LISR.
No฀estoy฀obligado฀a฀presentar฀la฀DIOT฀ya฀que฀no฀soy฀contribuyente฀del฀IVA฀¿Debo฀presentar฀la฀informativa฀de฀clientes฀y฀proveedores?
Desde฀nuestro฀punto฀de฀vista฀sí,฀ya฀que฀la฀facilidad฀de฀no฀presentar฀la฀informativa฀de฀clientes฀y฀proveedores฀va฀de฀la฀mano฀con฀la฀presenta-
ción฀de฀la฀DIOT,฀sería฀deseable฀que฀las฀autoridades฀emitieran฀un฀criterio฀en฀estos฀casos.
Plazo฀y฀medio฀para฀la฀presentación฀de฀la฀informativa฀de฀clientes฀y฀proveedores฀
La฀misma฀se฀presentará฀a฀ más฀tardar฀el฀15฀de฀ febrero฀de฀2010฀ante฀la฀ ALSC฀que฀corresponda฀al฀ domicilio฀f‌i฀scal฀del฀contribuyente,฀en฀cual-
quiera฀de฀las฀formas฀siguientes:
1.฀ En฀la฀forma฀of‌i฀cial฀42฀“Declaración฀de฀operaciones฀ con฀clientes฀ y฀proveedores฀de฀ bienes฀y฀ servicios”,฀cuando฀los฀contribuyentes฀
presenten฀hasta฀5฀registros฀en฀cualquiera฀de฀los฀anexos฀de฀dicha฀forma,฀contenida฀en฀el฀Anexo฀1,฀rubro฀A฀de฀la฀RMISC09.
2.฀ Cuando฀la฀información฀que฀los฀ contribuyentes฀deban฀presentar฀corresponda฀a฀ más฀de฀5฀ clientes,฀o฀bien,฀a฀más฀de฀ 5฀proveedores฀
deberán฀presentarla฀ante฀cualquier฀ALSC,฀en฀USB฀o฀en฀CD,฀los฀que฀serán฀devueltos฀al฀contribuyente฀después฀de฀realizar฀las฀validaciones฀
respectivas.
Las฀personas฀morales฀deberán฀presentar,฀en฀todos฀los฀casos,฀la฀declaración฀informativa฀de฀acuerdo฀a฀lo฀señalado฀en฀el฀punto฀2฀anterior.
Es฀importante฀ señalar฀que฀ la฀información฀ de฀ clientes฀y฀ proveedores฀que฀ deberá฀presentarse,฀será฀ aquélla฀cuyo฀ monto฀anual฀ sea฀igual฀ o฀
superior฀a฀$50,000.00.

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