Entérese de las cláusulas que, según la Condusef, son ilegales o abusivas y que utilizan las instituciones financieras en los contratos de crédito
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La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) tiene por objeto promover, asesorar, proteger y defender de manera imparcial los derechos e intereses de los usuarios frente a las instituciones financieras, y proveer a la equidad en las relaciones entre ambas partes.
Así, con la finalidad de proteger los intereses de los usuarios, la Condusef dio a conocer en su página de Internet ( www.condusef.gob.mx ) las principales cláusulas ilegales o abusivas que algunas instituciones financieras incluyen de manera dolosa en los contratos de crédito que utilizan con sus clientes.
Precisamos enseguida, las cláusulas ilegales o abusivas que utilizan las instituciones financieras en los contratos de crédito identificadas por la Condusef.
De acuerdo con el artículo 11, fracción XVIII, de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros (LPDUSF), la Condusef tiene la facultad de revisar y, en su caso, proponer modificaciones a los contratos de adhesión utilizados por instituciones financieras para la celebración de sus operaciones o la prestación de sus servicios.
Además, como una medida de protección al usuario, la Condusef revisa y, en su caso, propone a las instituciones financieras, modificaciones a los modelos de contratos de adhesión utilizados en sus diversas operaciones.
En este sentido, el artículo 57 de la LPDUSF dispone que la revisión que la Condusef hace de los contratos de adhesión tiene las finalidades siguientes:
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[VER PDF ADJUNTO]
Los artículos 56, segundo párrafo, de la LPDUSF y 2o., fracción IV, de la Disposición única de la Condusef aplicable a las entidades financieras, establecen que se entenderá por contrato de adhesión lo siguiente:
Documento elaborado unilateralmente por las entidades financieras para establecer en formatos uniformes los términos y condiciones aplicables a la celebración de las operaciones pasivas, activas o de servicios que lleven a cabo con los usuarios, en el entendido de que éstos últimos no podrán negociar dichos términos y condiciones.
Como se aprecia, el contrato de adhesión establece los términos y las condiciones conforme a las cuales se celebran las operaciones que los usuarios realizan con las entidades financieras. Es importante advertir que los usuarios no pueden negociar las cláusulas (términos y condiciones), situación que los pone en desventaja frente a dichas entidades.
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