¿Una sociedad civil del régimen general de la Ley del ISR debe pagar IETU por la enajenación esporádica de un bien de activo fijo?

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Soy contador de una sociedad civil del régimen general de la Ley del ISR que se dedica a la prestación de servicios médicos. En días pasados, la sociedad efectuó la enajenación de un automóvil que formaba parte de su activo fijo. Tengo duda si el ingreso obtenido por esta venta debe causar IETU, pues la sociedad no se dedica habitualmente a la enajenación de estos bienes, y leí en un boletín informativo que por los actos accidentales de comercio no debe pagarse este gravamen.

Lector de Tlaxcala, Tlaxcala

Pregunta

¿Una sociedad civil del régimen general de la Ley del ISR debe pagar

IETU por la enajenación esporádica de un bien de activo fijo?

Respuesta

Una sociedad civil del régimen general de la Ley del ISR sí debe pagar IETU por la enajenación esporádica de un bien de activo fijo, por lo siguiente:

El artículo 1o., fracción I, de la Ley del IETU señala lo siguiente:

1o. Están obligadas al pago del impuesto empresarial a tasa única, las personas físicas y las morales residentes en territorio nacional, así como los residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país, por los ingresos que obtengan, independientemente del lugar en donde se generen, por la realización de las siguientes actividades:

I. Enajenación de bienes.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

A su vez, el artículo 4o., fracción VII, de la Ley del IETU establece lo siguiente (énfasis añadido):

4o. No se pagará el impuesto empresarial a tasa única por los siguientes ingresos:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

VII. Los percibidos por personas físicas cuando en forma accidental realicen alguna de las actividades a que se refiere el artículo 1o. de esta Ley. Para estos efectos, se considera que las actividades se realizan en forma accidental cuando la persona física no perciba ingresos gravados en los términos de los

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Capítulos II o III del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Tratándose de la enajenación de bienes que realicen los contribuyentes que perciban ingresos gravados en los términos de los citados capítulos, se considera que la actividad se realiza en forma accidental cuando se trate de bienes que no hubieran sido deducidos para los efectos del impuesto empresarial a tasa única.

De acuerdo con las disposiciones citadas, las personas físicas y las morales residentes en territorio nacional se encuentran obligadas al pago del IE...

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