Por cientos de deducción opcional, aplicables a contribuyentes que cuenten con concesión, autorización o permiso de obras públicas

AutorPérez Chávez - Campero - Fol
Páginas417-425

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Porcentajes de deducción opcional, aplicables a contribuyentes que cuenten con concesión, autorización o permiso de obras públicas en los términos de la regla 1.3.4.30. de la Resolución Miscelánea Fiscal.1

  1. Actividades concesionadas y obras públicas

  2. Construcción y explotación de carreteras.

  3. Construcción y explotación de puentes.

  4. Obras de infraestructura hidráulica.

  5. Red de alcantarillado.

  6. Riego agrícola.

  7. Construcción de obras en puertos y terminales de uso público en los términos de la Ley de Puertos.

  8. Construcción y explotación de vías férreas.

  9. Construcción y explotación de aeropuertos.

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  10. Tablas aplicables

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    Tablas aplicables para las inversiones realizadas a partir del lo. de enero de 2006

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    Cuando el contribuyente haya optado por efectuar la deducción inmediata de las inversiones y la concesión se dé por terminada antes de que venza el plazo por el cual se otorgó, el contribuyente podrá deducir el remanente aplicando los porcentajes de las tablas respectivas que hubieran estado vigentes en el ejercicio en que se haya ejercido la deducción inmediata.

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    [1] Publicados mediante el anexo 2 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006-2007, en el DOF del 12 de mayo de 2006. Cabe señalar que, de acuerdo con el artículo cuarto transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal, dicho anexo, con sus respectivas modificaciones, se prorrogó hasta en tanto no sea publicado el correspondiente a esta última resolución.

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