CFE Debe ser autoridad para juicio de amparo

AutorDr. Genaro David Góngora Pimentel
CargoDoctor en Derecho. Catedrático de la UNAM. Ministro en retiro de la SCJN
Páginas12-16

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El nuevo criterio de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia en que se abandonan los criterios emitidos con anterioridad, en los que se consideró que la CFE, sí tenía el carácter de autoridad para efectos del amparo. Dichos criterios son de los siguientes rubros:

“COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. LA DETERMINACION MEDIANTE LA CUAL SE APERCIBE AL CONSUMIDOR DE REALIZAR O REALIZA EL CORTE DEL SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA CONSTITUYE UN ACTO DE AUTORIDAD IMPUGNABLE A TRAVES DEL JUICIO DE AMPARO”.

“AUTORIDAD PARA LOS EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO. LO ES LA COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD CUANDO APERCIBE DE REALIZAR O REALIZA EL CORTE DE SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA”.

“COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD. EL AVISO RECIBO DE LUZ CONTIENE UN APERCIBIMIENTO IMPLÍCITO, QUE VALIDAMENTE PUEDE CONSIDERARSE ACTO DE AUTORIDAD PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO, MAS NO SUSTITUYE AL AVISO PREVIO QUE ESTABLECE EL ARTICULO 26 FRACCION I Y ULTIMO PARRAFO DE LA LEY DEL SERVICIO PUBLICO DE ENERGIA ELECTRICA”.

Cuando este criterio se aprobó, el siete de octubre de dos mil nueve, formaba parte de la Segunda Sala de la Suprema Corte y voté en contra, anunciando que haría voto particular. No pude elaborar el voto porque no es sino hasta ahora en que el asunto se engrosó y publicó, por lo que procedo a explicar las razones de mi disenso.

La nueva reflexión de la Sala se hace consistir en que: “tratándose de la determinación y cobro del servicio de suministro de energía eléctrica, el origen de su actuación es un acuerdo de voluntades donde el prestador del servicio y el usuario adquieren derechos y obligaciones recíprocas, por lo que se recurre a las formas delPage 14 derecho privado para regular la relación entre proveedor y particular”.

Se dice también por la Segunda Sala que “la relación jurídica existente entre las partes no corresponde a la de autoridad y gobierno (supra a subordinación), sino a una relación de coordinación entre el organismo descentralizado y el particular usuario del servicio”.

Y, por último, se sostiene que “el corte del suministro de energía eléctrica ante el incumplimiento del usuario no genera que la relación de coordinación se transforme en una de supra a subordinación, sólo implica la posibilidad de que la parte afectada deje de otorgar el servicio contratado en ejercicio del legítimo derecho de retención de la obligación que genera cualquier relación contractual ante el incumplimiento de alguna de las partes, sin que ello conlleve un procedimiento de ejecución dirigido a obtener el adeudo mediante mecanismos coercitivos (por ejemplo el embargo de bienes), para lo cual se tendría que acudir a los tribunales ordinarios de justicia. En ese sentido no todo acto emitido por un órgano de la Administración Pública ni la aplicación de cláusulas contractuales de retención de la obligación ante el incumplimiento de la contraparte constituyen un acto de autoridad para los efectos del juicio de amparo, sino solamente aquellos que conlleven el ejercicio de una potestad administrativa, que otorgue a la autoridad atribuciones de tal magnitud que actualicen una relación de supra a subordinación frente al particular.

Pero, todavía más, sostiene la Segunda Sala que ”tratándose de las relaciones contractuales, es común que se pacte que la parte que se vea perjudicada por el incumplimiento de su contraparte, deje de otorgar las prestaciones a su cargo, lo cual se debe a que, por regla general, los contratos se rigen por la voluntad de las partes, así como por la bilateralidad, lo que genera que el incumplimiento de alguna de ellas, actualice el derecho de la otra, a no cumplir con la obligación a su cargo mientras subsista la falta de cumplimiento del acuerdo de voluntades. Por tanto, concluye, el corte de suministro de la energía eléctrica por parte de la Comisión Federal de Electricidad no genera que la relación contractual entre el usuario y dicho organismo, se transforme en acto de...

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