Certificado de origen, ¿se puede exhibir uno nuevo cuando el certificado original contenga errores?

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Introducción

Quienes importan mercancías al territorio nacional están obligados a presentar por conducto de agente o apoderado aduanal, un pedimento en la forma oficial aprobada por la SHCP; a este pedimento se le deberá anexar, entre otros, el documento con el que se deter-mina la procedencia y el origen de las mercancías, para efecto de la aplicación de preferencias arancelarias.

Por otra parte, el artículo 25, fracción II, de la Resolución por la que se establecen las Reglas de carácter general relativas a la aplicación de las disposiciones en materia aduanera del TLCAN, publicada el 15 de septiembre de 1998, dispone la obligación para los importadores de mercancías bajo trato arancelario preferencial, de tener en su poder el certificado de origen válido al momento de presentar las mercancías a despacho aduanero.

Todas estas obligaciones se cumplen generalmente por los importadores de mercancías bajo trato arancelario preferencial, pero en ocasiones ocurre que el certificado que se presenta a despacho aduanero tiene errores, y cuando las autoridades aduaneras ejercen sus facultades de comprobación pueden rechazar esos certificados de origen y, por consiguiente, marcar como improcedente el trato arancelario preferencial.

Sin embargo, si las autoridades aduaneras rechazan el certificado de origen sin requerir al importador que corrija el documento, se violarán las reglas en materia aduanera del TLCAN, ya que este ordenamiento legal permite la rectificación de los datos del certificado de origen.

Comentamos los preceptos legales que permiten la rectificación de los certificados de origen con errores, así como algunas tesis emitidas por el TFJFA relacionadas con el tema.

Documentación que se debe presentar para la importación o exportación de mercancías

Conforme a los artículos 36 y 36-A de la LA, quienes importen mercancías al territorio nacional están obligados a presentar ante la aduana, por conducto de agente aduanal, un pedimento de importación, al que se deberá anexar (entre otra documentación) el documento que determine la procedencia y el origen de las mercancías para efectos de la aplicación de preferencias arancelarias de acuerdo con las disposiciones aplicables.

Este documento se conoce como certificado de origen, el cual debe seguir los formatos autorizados y ser llenado según el instructivo respectivo.

Definición de certificado de origen

Las Reglas en materia aduanera del TLCAN definen al certificado de origen de la siguiente manera:

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Naturaleza jurídica del certificado de origen

La LCE precisa que el origen de las mercancías se determina para aplicar preferencias arancelarias; y la forma de demostrar el origen de las mercancías se hará conforme a las reglas de origen previstas en los tratados o convenios internacionales suscritos por México.

Por lo que se refiere al TLCAN, la Resolución publicada el 15 de septiembre de 1998, en su título IV denominado "Reglas de origen" indica las reglas para determinar si los bienes califican como originarios de la zona de libre comercio de América del Norte.

Ahora bien, al interpretar armónicamente la LCE y el TLCAN se debe...

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