¿En qué casos se puede terminar de manera anticipada un contrato de consignación mercantil?

Páginas3-3

Page 3

Soy administrador general de una empresa que se dedica a la venta y distribución de productos de acero inoxidable. Como parte de nuestras estrategias de venta, decidimos otorgarle a un proveedor mercancías en consignación. Al respecto, estamos elaborando el contrato correspondiente; sin embargo, quiero incluir en él las causas por las cuales se puede dar por concluido de manera anticipada, pero desconozco cuáles son.

Lector de Monterrey, Nuevo León

¿En qué casos se puede terminar de manera anticipada un contrato de consignación mercantil?

Según el artículo 394 del Código de Comercio, el contrato de consignación mercantil se podrá concluir por las causas siguientes:

1. Por la ejecución total de las obligaciones derivadas del contrato.

2. Por el vencimiento del plazo pactado.

3. Por la muerte de alguno de los contratantes.

4. Por el mutuo consentimiento de las partes.

5. Por el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR