Caso Práctico. IMSS (Aportaciones de seguridad social)

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Cargo del AutorContador Público, egresado de la Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) - Contador Público, egresado de la Escuela Superior de Comercio y Administración del Instituto Politécnico Nacional (IPN)
Páginas1337-1339

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Determinación del salario base de cotización

Concepto

Es el salario para efectos del pago de cuotas al Instituto Mexicano del Seguro Social, a cargo de patrones y trabajadores, que comprende la cuota diaria, más prestaciones y, en su caso, percepciones variables, cuyo monto debe manifestarse al Instituto cuando se registre al trabajador, o cada vez que el salario verifique modificaciones en cuota diaria por variación a las prestaciones o por la obtención de percepciones variables.

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Notas

1. En la Ley del Seguro Social se excluye expresamente como parte del salario base de cotización, el tiempo extra que se pague dentro de los límites máximos de tres horas al día y tres veces a la semana señalados en el artículo 66 de la Ley Federal del Trabajo.

  1. Es importante tener presente que los importes máximos del salario base de cotización sobre el cual deberán calcularse las cuotas obrero-patronales al seguro social, son los siguientes:

a) Para los seguros de riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad, de retiro, guarderías y prestaciones sociales: 25 veces el valor de la UMA (artículo 28, LSS).

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b) Para el seguro de invalidez y vida y los ramos de cesantía en edad avanzada y vejez: 15 veces el valor de la UMA a partir del 1 o. de julio de 1997; dicho importe se incrementó en una UMA por cada año transcurrido, hasta el año 2007, para igualarse con las demás ramas de seguros, en un tope máximo de 25 veces el valor de la UMA (artículo vigésimo quinto transitorio, LSS). Dicho límite a partir del 1 o. de julio de 2007 es de 25 veces el valor de la UMA.

3. El...

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