Caso práctico de finiquito y prima de antigüedad
Autor | José Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin |
Páginas | 1067-1071 |
CASO PRACTICO 1
Determinación del monto de finiquito y prima de antigüedad correspondiente a un trabajador por renuncia voluntaria.
PLANTEAMIENTO
La compañía "Fábrica de dulces y chocolates, SA de CV" desea conocer el monto que tendrá derecho un trabajador de 15 años de antigüdad por concepto de finiquito (prestaciones devengadas) y prima de antigüedad. El subordinado renunció de manera voluntaria.
DATOS
Generales:
Ubicación del centro laboral Distrito Federal
Zona geográfica del centro laboral "A"
Salario mínimo general supuesto en la zona "A"(supuesto) para 2014 $67.35
Del trabajador:
Nombre Arturo Reyes Caballero
Tipo de contratación Por tiempo indeterminado
Fecha de ingreso 15 de enero de 1999
Fecha de renuncia 10 de abril de 2014
Tiempo laborado (antigüedad) 15 años, 85 días
Días laborados del 1o. de enero al 10 de abril de 2013 (31 + 28 + 31 + 10) 100
Salario mensual $5,250.00
Vacaciones por contrato colectivo 20 días
Prima vacacional 25% del salario correspondiente al número de días de vacaciones otorgadas
Aguinaldo 15 días
DESARROLLO
1. Cálculo de la cuota diaria del trabajador.
Salario mensual $5,250.00
(÷) Días del mes 30
(=) Cuota diaria (salario diario) $175.00
2. Determinación de las prestaciones devengadas en el último año de servicios (finiquito).
a) Determinación de la parte proporcional de aguinaldo devengada del 1o. de enero de 2014 a la fecha de renuncia (10 de abril de 2014).
Salario diario $175.00
(x) Días de aguinaldo a que el trabajador tiene derecho 15
(=) Aguinaldo anual 2,625.00
(÷) Días del año 2014 365
(=) Proporción diaria de aguinaldo 7.1918
(x) Días laborados hasta la fecha de renuncia (10-abril-2014) 1001
(=) Parte proporcional de aguinaldo devengada a la fecha de renuncia $719.18
Nota: 1. Para calcular el monto de aguinaldo correspondiente al trabajador, sólo se consideran los días laborados en el año de separación (2014), puesto que los días devengados del año anterior (2013), ya fueron pagados en ese año (antes del 20 de diciembre), según lo señala el artículo 87 de la LFT.
b) Cálculo de la parte proporcional de vacaciones devengada a la fecha de renuncia.
Salario diario $175.00
(x) Días de vacaciones a que tiene derecho 20
(=) Importe total de vacaciones 3,500.00
(÷) Días del año 365
(=) Proporción diaria de vacaciones 9.5890
(x) Días laborados en el último año de servicios (16 + 28 + 31 + 10) 851
(=) Parte proporcional de vacaciones devengada a la fecha de renuncia $815.06
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