Carta de la presidencia

Páginas4-4
Estimados lectores:
La promulgación de la Reforma Constitucional que crea el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA),
representó un avance histórico para el país en la lucha contra la corrupción.
Las reformas constitucionales en materia de anticorrupción se dieron a conocer en el Diario Ofic ial
de la Federación (DOF) el 27 de mayo de 2015, y son las bases que dan sustento a toda la legislación
secundaria al respecto.
En rel ación con l o anterio r, el 18 de j ulio de 2 016 fuero n publica das en el D OF las le yes secu ndaria s
que dan vida al Sistema Nacional Anticorrupción: Ley General del Sistema Nacional Anticorrup-
ción (nueva); Ley General de Responsabilidades Administ rativas (nueva); Ley Orgánica del Tribu-
nal Federal de Justicia Administrativa (nueva); Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la
Federación (nueva); Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República (reformada); Código
Penal Federal (reformado), y Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (reformada).
Por su parte, la Ley General del SNA es el ordenamiento que distribuye competencias y funciones,
crea órganos y mecanismos de coordinación; entre ellos, establece los perfiles de los servidores
públicos y determina el método para seleccionarlos.
Es de seña lar que una de las funciones del Com ité de Participación Ciud adana es dar seg uimiento
al trabajo del SNA. Desde nuestra perspectiva, este Comité debe incluir, entre sus integrantes, a
representantes de la Contaduría P ública experimentados en el sector público. Un aspecto sujeto
a mejora en este entorno son los perfiles de algunos de los titulares del Órgano Interno de Con-
trol de algunas dependencias, que por las funciones intrínsecas como son: la responsabilidad
de programar y realizar auditorías, la verificación del ejercicio presupuestal, las inversiones, los
financiamientos y la aplicación de los recursos en las instituciones, pues son funciones que por
su formación, los Contadores Públicos cumplen con el perfil idóneo para asumir estas responsa-
bilidades, y cuya titularidad, en algunos casos, está a cargo de abogados,
economistas y arquitectos. La falta de conocimientos especializados, de
los titulares de estos Órganos Internos de Control, impide que cumplan
con la responsabilidad que les ha sido asignada, lo que va en detrimento
de la Administración Pública, transparencia y rendición de cuentas que
son los propósitos del Sistema Nacional Anticorrupción.
Uno de los objetivos del IMCP, es difundir el alcance de la función social
de la profesión del Contador Público, por lo que debemos mantener la
visión profesional de los Contadores Públicos en todo el país y fomentar
el prestigio de la profesión, difundiendo la trascendencia de su ejercicio
social.
Por lo antes señalado, los invito a que seamos participes activos en este
cambio que permita a la Contaduría Pública aportar parte de la solución
que demanda con urgencia la sociedad en su conjunto.
CARTA de la
PRESIDENCIA
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PRESIDEN TE DEL COMITÉ EJ ECUTIVO NACIONAL
IMCP 2016-2017

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