El carnet de viajero, instrumento que permite recibir atención médica en localidad distinta a la de adscripción

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Una de las garantías individuales establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) en el artículo 4o., es el derecho a la protección de la salud. Derivado de este artículo, desde 1944, se han creado diversos seguros que garantizan la salud y el bienestar de los trabajadores y sus beneficiarios.

Así, una de las instituciones encargadas de brindar atención médica para la protección de la salud en México es el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el cual siendo una institución de seguridad social tiene como objetivo garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión que, en su caso, será garantizada por el Estado.

El IMSS, a través del seguro de enfermedades y maternidad, garantiza el otorgamiento de la asistencia médica, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria necesaria a los derechohabientes (asegurados, pensionados y beneficiarios, así como los familiares adicionales señalados en la Ley del Seguro Social -LSS-) adscritos a él desde que surge la enfermedad.

Para que los derechohabientes puedan gozar de los derechos del seguro de enfermedades y maternidad (otorgamiento de prestaciones médicas) el IMSS, de acuerdo con el artículo 4o. del Reglamento de Servicios Médicos (RSM), dispone de un sistema de unidades médicas organizadas en tres niveles de atención, los cuales son:

  1. Primer nivel. Constituido por las unidades de medicina familiar (UMF), las cuales se encargan de otorgar servicios de salud integrales y continuos a los derechohabientes. Dichas unidades son la entrada al sistema de salud; es decir, son el punto de partida en donde se otorga la atención más elemental.

  2. Segundo nivel. Lo conforman los hospitales generales de subzona, zona o región y en ellos se atienden a los pacientes remitidos por los servicios de los distintos niveles de atención, de acuerdo con la regionalización de los mismos, para recibir atención diagnóstica, terapéutica y de rehabilitación, dependiendo de la complejidad de su padecimiento.

  3. Tercer nivel. Este nivel es comprendido por la red de hospitales de alta tecnología y máxima resolución diagnóstica-terapéutica. La citada red de hospitales atiende a los pacientes que los del segundo nivel remiten o por excepción los que el primer nivel envíe considerando la complejidad del padecimiento.

    La UMF se asigna al derechohabiente de acuerdo con la ubicación de su domicilio, pues se trata de que la unidad se encuentre lo más cercana a su domicilio para...

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