Caracteres distintivos y requisitos formales del pedido y del contrato, y

AutorFernado Gómez de Lara
Páginas83-84

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En la legislación mexicana sobre adquisición o arrendamiento de bienes muebles o prestación de servicios se reconoce la existencia de dos formas para documentar los acuerdos de voluntades: los contratos y los pedidos.244

Ahora bien, de conformidad con lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 45 de la LAASSP, para efectos de la misma y por ende de su Reglamento, el contrato y el pedido son jurídicamente iguales ya que no existe diferencia en cuanto a sus requisitos formales ni contenido.245

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En esta misma lógica de que no existe diferencia jurídica entre estas dos formas de documentar un acuerdo de voluntades en esta materia de estudio, es por eso que cuando el Ejecutivo Federal trabajo en el RLAASSP vigente, no consideró necesario hace referencia alguna al término pedido. Esto no debe interpretarse como un desconocimiento a su existencia, sino que al no haber razón jurídica para diferenciarlos, toda vez lo antes señalado, en el RLAASSP se omite utilizar los dos términos por tener los mismos efectos, es decir, ser y servir para lo mismo. Por lo tanto cabe decir que todo lo referenciado o dispuesto en dicho Reglamento a los contratos es aplicable a los pedidos.

Entonces si la diferencia entre las dos formas de documentar un acuerdo de voluntades no está en el aspecto jurídico, ¿cuál es ésta? Del análisis realizado en diversos entes públicos podemos concluir que la diferencia entre contrato y pedido es de carácter administrativo u operativo, pues se les suele diferencia a partir de consideraciones tales como el monto de la contratación o del nivel jerárquico o de autorización que tenga el servidor público para suscribir estos documentos, o ambos aspectos. Existen otros entes que la diferencia radica en que uno lo utilizan para adquisiciones y el otro para formalizar la contratación de servicios, aunque esta distinción es menos frecuente. Así pues, lo más frecuente es que los entes públicos utilicen los contratos para formalizar las operaciones de más alto monto, las cuales deben ser firmadas...

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