Capítulo VII. De los ingresos por la obtención de premios

Páginas748-753
Ley del ISR 2019 texto y comentarios
IMCP 748
la Federación se entenderán comprendidos a cualquier comprobante
fiscal emitido conforme a la legislación vigente, respecto del ejercicio
correspondiente a 2013 y anteriores. Asimismo, cualquier referencia
a comprobantes fiscales en leyes, reglamentos y demás
disposiciones aplicables, se entenderán hechos a los comprobantes
fiscales digitales por Internet.
Lo dispuesto en este artículo no será aplicable a los contribuyentes
que hayan optado por no acumular los intereses a sus demás
ingresos, en los términos del segundo párrafo del artículo 135 de
esta Ley.
Quienes paguen los intereses a que se refiere este Capítulo
deberán proporcionar al Servicio de Administración Tributaria la
información a que se refiere el artículo 55 de esta Ley, aun cuando
no sean instituciones de crédito.
136
CAPÍTULO VII
DE LOS INGRESOS POR LA OBTENCIÓN DE PREMIOS
INGRESOS GRAVABLES
137
Artículo 137. Se consideran ingresos por la obtención de prem ios, los que
deriven de la celebración de loterías, rifas, sorteos, juegos con
apuestas y concursos de toda clase, autorizados legalmente.
LISR 93-XXIV.
Este capítulo regula los ingresos por obtención de premios que
deriven de los eventos mencionados que estén autorizados
legalmente, en caso de que no exista dicha autorización legal el
ingreso obtenido no estaría comprendido en el presente Capítulo.
Ley del ISR 2019 texto y comentarios
IMCP 749
Es importante tomar en consideración la excepción establecida en el
artículo 93, fracción XXIV, de la Ley, la cual señala que por los
premios obtenidos con motivo de un concurso científico, artístico o
literario, abierto al público en general o a determinado gremio o grupo
de profesionales, así como los premios otorgados por la Federación
para promover los valores cívicos, no se pagará el Impuesto sobre la
Renta.
Para los casos de sociedad conyugal o copropiedad, en este
Capítulo no existe disposición expresa que señale si los ingresos por
obtención de premios son percibidos por ambos integrantes de la
sociedad conyugal, por los copropietarios o sólo por la persona física
que los obtiene. Ante tal situación es de interpretarse que el ingreso
debe ser considerado sólo por la persona física que obtiene el
premio.
Atendiendo a lo establecido en el artículo 92 de la l,ey del ISR, en
caso de que los premios deriven de un bien que pertenece a una
sociedad conyugal o a una copropiedad, por ejemplo un boleto y/o
cualquier otro bien del que deriven los premios y este pertenezca a
esos integrantes, los premios deberían representar ingresos para
ambos cónyuges, sin embargo en múltiples ocasiones los premios
podrían provenir de concursos, rifas sorteos, etc. en los que no
existen bienes de los que deriven (por ejemplo ganado sólo por el
esfuerzo realizado en un determinado concurso) en cuyo caso es
totalmente claro que los ingresos corresponderían sólo a la persona
física que lo obtuvo. Lo anterior podría tener efecto en la definición
de si deben o no declararse los premios para fines de considerar el
impuesto retenido como definitivo, de conformidad con el último

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