Capítulo 15 - Acuerdos anticipados en materia de precios de transferencia, APA (Advance Pricing Agreements)

AutorRaúl A. Sicilia Barba
Páginas270-305

Introducción

En un entorno de negocios globalizado, donde las empresas realizan un sinnúmero de inversiones y transacciones con entidades de un mismo grupo, alrededor del mundo, es de vital importancia, para las mismas empresas y las autoridades fiscales de los países en donde se llevan a cabo estos negocios, contar con esquemas fiscales modernos y dinámicos que se apeguen a los lineamientos internacionales, para la búsqueda de una justa distribución de los recursos tributarios.

México no es la excepción a esta premisa. Desde principios de la década de los años noventa, nuestro país se incorporó a la dinámica internacional, por medio de la celebración de múltiples tratados fiscales y comerciales; por ejemplo, su adhesión a la OCDE.

En este sentido, temas como precios de transferencia y doble tributación se convirtieron en temas prioritarios para la SHCP, que desde ese entonces retomó una importancia tributaria relevante.

Dentro de este ámbito se encuentran, entre otros mecanismos, los APA, los cuales son un dispositivo que ha sido establecido por múltiples administraciones fiscales para la solución de controversias en materia de precios de transferencia y también son reconocidos por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico.

A lo largo del presente capítulo comentaremos los lineamientos básicos de este mecanismo en México y los Estados Unidos de América (EE.UU.), la forma por medio de la cual se pretende eliminar cualquier caso de doble tributación, así como la posición que sobre el tema mantiene la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico.Page 274

Antecedentes

Los APA, son los Acuerdos Anticipados en Materia de Precios de Transferencia, que establecen, en forma anticipada a la celebración de transacciones controladas, un conjunto de criterios apropiados (por ejemplo, método, comparables y ajustes apropiados a éstos, supuestos críticos respecto de eventos futuros) para la determinación de los precios de transferencia para esas transacciones por un periodo determinado de tiempo. Un APA, en materia de precios de transferencia puede ser unilateral en donde participa una administración fiscal y el contribuyente, bilateral o multilateral en donde se requiere el acuerdo de dos o más administraciones fiscales, al amparo de los tratados que para evitar la doble imposición que se tengan suscritos. Más adelante, se detallan los diferentes tipos de APA que existen.

Cada contribuyente decide cuándo es conveniente iniciar un proceso de negociación de APA y qué alcance se le debe dar. Generalmente, los contribuyentes, en busca de un acuerdo con las autoridades, consideran, entre otros, los siguientes elementos de juicio:

    . Existe una controversia con las autoridades fiscales, la cual debe ser resuelta dentro de un ámbito de negociación entre las partes y no de confrontación judicial.

    . Se han tenido experiencias desagradables en auditorías en materia de precios de transferencia, ya sea por parte de las autoridades del país de residencia del contribuyente o bien, por parte de autoridades extranjeras.

    . Se desea minimizar toda contingencia financiera o fiscal, ya que al llegar a un acuerdo con las autoridades, las partes deberán apegarse a los términos en los que el APA fue negociado.

    . Política corporativa conservadora.Considerando lo anterior, el APA pudiera considerarse como un procedimiento conservador que brinda al contribuyente que lo negocia una certeza sobre el tratamiento en materia de precios de transferencia, y sus posibles consecuencias, desde el punto de vista fiscal aplicable a cierta transacción o segmento de negocios.
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Es importante mencionar que, dentro del ámbito de negocios global en el que nos encontramos inmersos, un contribuyente debe cumplir con diversas disposiciones fiscales y de precios de transferencia en cada una de las jurisdicciones en las que lleve a cabo actividades de negocios; por lo tanto, el establecimiento de una política de precios de transferencia que pueda cubrir las expectativas de las diversas autoridades fiscales toma un papel primordial.

Derivado de lo anterior, es importante que los contribuyentes evalúen la posición costo beneficio en cada una de estas jurisdicciones. Es decir, es necesario evaluar el riesgo de ser auditado y sufrir determinaciones o ajustes en materia de precios de transferencia o bien, aplicar una política que represente una asignación diferente de utilidades y reduzca los riesgos ante las autoridades.

En este sentido, quisiéramos comentar que APA es un procedimiento que permite a las compañías minimizar riesgos derivados de auditorías y determinaciones en materia de precios de transferencia, especialmente si hablamos de un APA bilateral o multilateral.

Origen del los programas APA

El origen de los APA tiene lugar en los EE.UU., a principios de los años noventa, cuando el Departamento del Tesoro dio a conocer los lineamientos generales para la presentación, negociación y obtención de un APA. Dichos lineamientos fueron modificados en 19961 y en 1998. El Departamento del Tesoro publicó un procedimiento simplificado de solicitud, negociación y obtención de los APA para contribuyentes pequeños.2

Desde la implementación del programa de los APA en los EE.UU., diversos países han establecido programas similares. En el caso de nuestro país, fue en 1995, cuando por primera vez se hace referencia a un acuerdo anticipado de precios de transferencia en las reglas de carácter general emitidas para las empresas maquiladoras.Page 276

La negociación de un APA

Si consideramos el concepto de APA como un documento que expresa un acuerdo de voluntades entre las autoridades fiscales y el contribuyente acerca de una metodología de precios de transferencia; por definición, este acuerdo debe basarse en un proceso de negociación amplio y, en ocasiones, intenso.

Derivado de lo anterior, es de vital importancia que dicho proceso de negociación sea llevado a cabo por las personas más aptas y con amplios conocimientos en materia de precios de transferencia, del negocio del contribuyente, de la legislación fiscal doméstica e internacional que aplique a la transacción o a la actividad principal del contribuyente.

Comentarios de la OCDE acerca de los APA

El APA es un acuerdo entre el contribuyente y la autoridad fiscal que determina, anticipadamente, los precios o niveles de utilidad en operaciones controladas, así como criterios apropiados para la determinación del precio de transferencia para esas transacciones por un periodo determinado de tiempo. Tiene, como propósito, ser un complemento a los mecanismos tradicionales para evitar o resolver disputas relacionadas con precios de transferencia.

Las conclusiones de un APA se derivan de predicciones de eventos futuros y la confiabilidad de una predicción depende de los hechos y circunstancias de cada caso específico; por lo tanto, los contribuyentes y las administraciones fiscales necesitan prestar atención a la confiabilidad de una predicción, al considerar la magnitud de un APA. Predicciones no confiables no deben ser incluidas en los APA. Lo apropiado de un método y de su aplicación pueden ser predichos, y los supuestos relevantes efectuados con más confiabilidad que los resultados futuros (precio o nivel de utilidades).Page 277

El APA unilateral

El APA unilateral es aquél en donde la administración fiscal y el contribuyente, en su jurisdicción, establecen un acuerdo sin la participación de la otra administración interesada. Sin embargo, un APA unilateral puede afectar el pasivo fiscal de empresas asociadas en otras jurisdicciones fiscales. Aunque los APA unilaterales están permitidos en algunos países, las autoridades competentes de otras jurisdicciones interesadas deben ser informadas sobre el procedimiento lo más pronto que sea posible, para determinar si están dispuestas y pueden considerar un acuerdo bilateral bajo el procedimiento de acuerdo mutuo.

Los APA bilateral y multilateral

Los APA bilaterales o multilaterales son un acuerdo en el cual dos o más países están de acuerdo. Debido a la preocupación sobre la doble tributación, algunos países no conceden un APA unilateral (es decir, un acuerdo entre el contribuyente y una administración fiscal) a contribuyentes en su jurisdicción. El enfoque bilateral (o multilateral) tiene una mayor probabilidad de que los acuerdos reduzcan el riesgo de la doble tributación, sean equitativos para todas las administraciones fiscales y contribuyentes que participen, y proporcionen una mayor certeza a los contribuyentes en cuestión.

Cada administración fiscal que concede un APA desea vigilar en su jurisdicción, el cumplimiento, por parte del contribuyente, de lo establecido en el APA; esto se efectúa de dos maneras: primero podría pedir al contribuyente que solicitó un APA, que presente, anualmente, un informe, demostrando su cumplimiento con los términos y condiciones establecidos en el APA; segundo, la administración fiscal podría continuar revisando al contribuyente como parte de un ciclo normal de auditoría, pero sin volver a evaluar la metodología. La administración fiscal podría limitar la revisión de los precios de transferencia a verificar la información relevante inicial del APA y determinar si el contribuyente ha cumplido o no con los términos y condiciones del Acuerdo de Precios Anticipados.

Un APA debe estar sujeto a la cancelación, aún retroactiva, en el caso de fraude o de presentación errónea de la información durante la negociación de un APA, o cuando un contribuyente incumple con losPage 278términos y condiciones del APA. Cuando se propone cancelar o revocar un APA, la administración fiscal que propone la acción debe notificar a las otras administraciones fiscales de su intención y de las razones para esa acción.

Posibles enfoques para reglas legales y administrativas para establecer los APA

Los APA en que participe la autoridad competente de un socio por tratado deben considerarse dentro del ámbito...

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