Capítulo 04 Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural; productos comestibles de origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte

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LEY IMPUESTOS GENERALES IMPORTACION EXPORTACION
0308.90 - Los demás.
0308.90.99 Los demás. Kg 15 Ex.
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Capítulo 04
Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural;
productos comestibles de origen animal, no expresados ni
comprendidos en otra parte
Notas.
1. Se considera leche, la leche entera y la leche desnatada (des-
cremada) total o parcialmente.
2. En la partida 04.05:
a) Se entiende por mantequilla (manteca), la mantequilla (man-
teca) natural, la mantequilla (manteca) del lactosuero o la
mantequilla (manteca) “recombinada” (fresca, salada o ran-
cia, incluso en recipientes herméticamente cerrados) que
provengan exclusivamente de la leche, con un contenido de
materias grasas de la leche que sea superior o igual al 80%
pero inferior o igual al 95%, en peso, de materias sólidas de la
leche, inferior o igual al 2% en peso y, de agua, inferior o igual
al 16% en peso. La mantequilla (manteca) no debe contener
emulsionantes añadidos pero puede contener cloruro sódico,
colorantes alimentarios, sales de neutralización y cultivos de
bacterias lácticas inocuas.
b) Se entiende por pastas lácteas para untar las emulsiones del
tipo agua-en-aceite que se puedan untar y contengan mate-
rias grasas de la leche como únicas materias grasas y en las
que el contenido de éstas sea superior o igual al 39% pero
inferior al 80%, en peso.
3. Los productos obtenidos por concentración del lactosuero con
adición de leche o de materias grasas de la leche se clasifican en la
partida 04.06 como quesos, siempre que presenten las tres caracte-
rísticas siguientes:
a) un contenido de materias grasas de la leche superior o igual al
5%, calculado en peso sobre el extracto seco;
b) un contenido de extracto seco superior o igual al 70% pero
inferior o igual al 85%, calculado en peso;
c) moldeados o susceptibles de serlo.
4. Este Capítulo no comprende:
a) los productos obtenidos del lactosuero, con un contenido de
lactosa superior al 95% en peso, expresado en lactosa anhi-
dra, calculado sobre materia seca (partida 17.02);
b) los productos resultantes de la sustitución en la leche de uno
o varios de sus componentes naturales (por ejemplo, materia

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