De la Capacitación Recibida en Eventos Especiales

AutorComisión de Desarrollo Profesional Continuo
Páginas113-114

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5.1 Los organismos empresariales, gubernamentales y profesionales, afines a la Contaduría Pública, podrán ofrecer hasta un máximo de ocho horas de capacitación en uno o varios eventos dentro de un año calendario, sin obtener el registro correspondiente como capacitadora.

Se consideran eventos a las conferencias, seminarios, paneles, simposios, mesas redondas y convenciones, ofrecidos por única vez por organismos empresariales, gubernamentales y profesionales o por instituciones de enseñanza superior con reconocimiento oficial de estudios (no registrados en la Federada), siempre y cuando su temática sea de carácter técnico relacionado con la profesión de Contador Público.

Para ofrecer más de ocho horas de capacitación con validez para efectos de esta Norma, deberán obtener con anticipación su registro como capacitadoras externas, cumpliendo a partir de ese momento con lo establecido en el capítulo 1 de los presentes lineamientos.

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5.2 Por estos eventos los asociados deberán proporcionar a su Federada la documentación comprobatoria, consistente en:

  1. Diploma o certificado de participación que indique...

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